Sentencia nº 235358 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 24 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2010
EmisorTribunal en lo Contencioso Administrativo

En la ciudad de San salvador de Jujuy, a los Veinticuatro días del mes de Agosto de dos mil diez, reunidos en dependencias del Tribunal en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Jujuy, los Dres. S.T.M. y S.D., vieron el Expediente Nº B-235.358/10 “Acción de Amparo por M.: R., R.A. c/ Estado Provincial” el que se encuentra en estado de dictarse sentencia definitiva, debiendo los Sres. Vocales expedirse en el orden expuesto.

Luego de la deliberación, la Dra. M. dijo:

Que a fojas 17/21 se presenta el Dr. R.A.R. por sus propios derechos, deduciendo acción de amparo por mora de la administración en contra del Estado Provincial solicitando se condene a la accionada a emitir acto administrativo en el plazo que se señale con costas.

Al relatar los hechos manifiesta que mediante Resolución Nº 476-DP/07 del Jefe de Policía de la Provincia de fecha 09/04/2.007 se dispuso el ingreso del actor a la institución policial, en comisión y por el término de un año con el grado de Agente del cuerpo de seguridad. Sostiene que dicha resolución fue remitida al Señor Ministro de Gobierno y Justicia para su convalidación.

Afirma que elevada la Resolución se dio inicio a la tramitación del Expte. Administrativo Nº 412-000148-G/07, el que a la fecha lleva tres años de trámite.

Sostiene que al cumplirse el año de la mencionada resolución, el mismo formuló presentación por la que solicitaba la confirmación de su designación como personal del Cuerpo de Profesionales y en el grado de Oficial Principal con retroactividad a la fecha de ingreso. Que dicha petición tramitó por E.. Administrativo Nº 567-R-DP/08.

Agrega que en fechas 29/09/08 y 31/10/08 instó infructuosamente la resolución de su pedimento inicial como también solicitó el franqueo de las actuaciones.

Afirma que franqueado los autos, formuló nueva presentación en fecha 20/11/08 donde efectúo una serie de observaciones al informe practicado por el Dpto. Personal de la Policía y denunciando la mora en el dictado del acto. Agrega que en fecha 29/09/08 se apersonó en el expediente donde tramita la designación inicial, solicitando el dictado del acto administrativo omitido, que en fecha 02/11/08 y 07/11/08 instó el trámite en actuaciones principales, concluye que infructuosos fueron sus reclamos lo que justifica la promoción de la acción impetrada.

En capítulos por separado refiere los fundamentos de la legitimación activa que le corresponde, los fundamentos de procedencia de la acción impetrada, del cumplimiento de los recaudos de la ley en relación a la intimación de accionar por mora administrativa y el deber de colaboración exigido a los administrados, y, finalmente del agravio causado por la inactividad de la administración, a los que me remito y doy por reproducidos, para concluir ofreciendo prueba y peticionando se haga lugar a la demanda de amparo por mora administrativa condenando a la accionada a emitir el acto omitido en el plazo que se le señale con costas.

Conferido traslado (fojas 22), y convocadas las partes a la audiencia prevista por el artículo 398 del Código Procesal Civil, según consta en acta de fojas 35, comparecieron a la audiencia el actor Dr. R.A.R. por sus propios derechos y el Dr. R.G.C. en su carácter de procurador de Fiscalía de Estado, conforme decreto de designación Nº 4968-G-95 que agrega, con patrocinio letrado de la Dra. M.E.N., quien opta por contestar demanda por escrito que se agrega a fojas 33/34.

En la oportunidad acompañó copia...

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