Sentencia nº 43013 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17, 10 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución10 de Agosto de 2011
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17

.

AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. N°: A-43.013/09, caratulado: “S. ab intestato de Martinez Adelaida y M.H.”, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 9, Secretaría N° 17, del que;

RESULTA: Que a fs. 14 se presenta el Dr. C.E.C., en nombre y representación de Ramón Corrado Balduzzi (DNI 24.009.302) y M.P.C.B. (DNI 25.776.389), a mérito de copia juramentada de Poder que acompaña y rola a fs. 4, solicitando la apertura de la sucesión ab intestato de Adelaida Martinez y H.M.. También solicitan se los declaren únicos y universales herederos en la causa. Que decretada dicha apertura a fs. 19, se manda a publicar edictos (publicación que se acredita, los del Boletín Oficial con las constancias obrantes a fs. 28, 29, 30 y 34 y, los de Diario Local con las constancias obrantes a fs. 31, 32, 33 y 34) con el emplazamiento del artículo Nº 436 del CPC, término que se encuentra vencido.

Que a fs. 24 se presenta Marina Adelaida Corrado (DNI 11.227.357) en ejercicio de sus propios derechos con el patrocinio letrado del J.P.G., solicita se la declare heredera.

Que a fs. 70 se presenta el Dr. G.E.F. en nombre y representación de M.G.F. (DNI 4.707.896), V.G.S. (DNI 24.173.750), O.G.S. (L.E. 8.203.207) y S.A.S. (DNI 7.279.556) a mérito de copia de poder general para juicios que adjunta y rola a fs. 41. Solicita se declare a todos sus representados herederos y a O.G.S., también como instituido heredero por testamento.

Que a fs. 112 se presenta el Dr. G.E.F. en nombre y representación de A.H.A.S. (DNI 16.780.713) a mérito de poder general para juicios y solicita se declare a su representado cesionario de derechos y acciones hereditarias.

Que cumplimentando lo estatuido por el 437 del CPC mediante acta de fs. 96 se corre vista de todo lo actuado al Ministerio Público Fiscal, que se expide a fs. 96 vta. Incorporados otros concurrentes a la causa y dispuesta medida de informe del Registro de Actos de Última voluntad a fs. 128, cumplidas la diligencias, estos obrados se encuentran en estado de resolver;

Y CONSIDERANDO: 1.- Que, en autos se trata de la sucesión de Adelaida Martinez y H.M. y en virtud de ello procuran los concurrentes se los declare herederos, legatarios y cesionario según cada caso en particular que se trata. Así, habrá de analizarse: a) el deceso de las causantes, b) la relación parental que las vinculaba, c) los vínculos con los herederos de A.M. llamados a la herencia, d) los vínculos con los herederos de H.M. llamados a la herencia, e) la validez del testamento, f) la institución de heredero y g) la cesión de derechos.

  1. - a) Que, con la partida de defunción de fs. 11 se acredita la defunción de A.M. (L.C. 0.820.885) y con la partida de defunción de fs. 12 se acredita la defunción de H.M. (DNI 9.645.525).

  2. - b) Que la relación parental de hermandad que las vinculaba se acredita con partidas de nacimientos de ambas y que rolan a fs. 5/7.

  3. - c) Que, respecto de los herederos de Adelaida Martinez, resulta de autos que se presentan R.C.B. (DNI 24.009.302) y M.P.C.B. (DNI 25.776.389) quienes acreditan el vínculo de nietos de la causante con la partida de nacimiento de R.C.M. (hijo de la causante según partida de nacimiento de fs. 8 y padre de los peticionantes según partidas de nacimientos obrantes a fs. 9, 10) quien con antelación falleciera (partida de defunción de fs. 13). También se acredita el vínculo de Marina Adelaida Corrado (DNI 11.227.357), hija de la causante, con partida de nacimiento de fs. 23.

  4. - d.) Que, respecto de los herederos de H.M., resulta de autos que se presentan R.C.B. (DNI 24.009.302), M.P.C.B. (DNI 25.776.389) y Marina Adelaida Corrado (DNI 11.227.357), estos tres nombrados concurren por la rama correspondiente a A.M.. Se presentan también como herederos M.G.F. (DNI 4.707.896), V.G.S. (DNI 24.173.750), O.G.S. (L.E. 8.203.207), S.A.S. (DNI 7.279.556), estos cuatro nombrados concurren por la rama correspondiente a F.A.M.A..

    Marina Adelaida Corrado (DNI 11.227.357), concurre en el carácter de hija de A.M. quien era, a su vez, hermana de H.M., extremos estos todos que se acreditan con partida de nacimiento obrante a fs 23 y 5/7.

    R.C.B. (DNI 24.009.302) y M.P.C.B....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR