Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala M, 21 de Abril de 2015, expediente CIV 017921/2014

Fecha de Resolución21 de Abril de 2015
EmisorSala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 17921/2014 ZYWICA, J.E. c/R., M.D.C. s/EJECUCION ESPECIAL LEY 24.441 Buenos Aires, 21 de abril de 2015.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

La resolución adoptada a fs. 233/vta. fue apelada por la parte demandada, a la luz de las quejas que expresó en su memorial de fs. 235/36vta.. Corrido traslado la parte actora lo contestó a fs. 240/vta.

A poco que se estudien las quejas traídas por el apelante se observa que no constituyen sino una reedición de planteos anteriores que ya obtuvieron resolución, habiendo sido la misma consentida por el ahora apelante.

En efecto, la cotización del dólar a considerar es tema que ha quedado firme, admitiéndose la aplicación de la cláusula 10B del mutuo hipotecario al resolver a fs. 215/16vta., de igual forma que el tema gastos que la apelante impugnó rechazándose su planteo en dicho resolutorio (punto 4).

En consecuencia, la resolución que se intenta cuestionar no hace sino remitir a las partes a decisiones que se encuentran firmes...

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