Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala M, 25 de Octubre de 2013, expediente CIV 013718/2005

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2013
EmisorSala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

Expte.n°13718/2005 Sala M: 609106 Juzg.n°66

ZEUCAMP SA S/QUIEBRA c/ LOPEZ CASTILLO MARCIAL Y

OTROS s/PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA

Buenos Aires, 25 de octubre de 2013.- fs. 481

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Se elevaron estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fs. 412/6, que admitió la excepción de pago opuesta y desestimó la acción ejecutiva intentada por la sindicatura de la parte actora.

La recurrente sostuvo que el magistrado realizó

una errónea interpretación de la pericia contable, pues entendió que sólo se contabilizó el crédito por los alquileres, pero no hubo ingresos por ese período y que el error radicó en confundir lo devengado con lo (no) percibido. Asimismo, criticó la valoración que hizo del informe pericial caligráfico y la falta de consideración del resto de la prueba.

  1. A los fines de entender la cuestión en debate es necesario efectuar una breve reseña de los hechos de la causa.

    La síndica de Z.S.A. promovió demanda ejecutiva por cobro de alquileres contra M.L.C.,

    C.M.C., J.F.C. (desistido a fs. 202)

    como locatarios y M.O.B.B. como fiador solidario, liso, llano y principal pagador, siendo desistido luego este último por comprobarse que la firma no le pertenecía (fs. 149).

    Relató que el 1° de octubre de 1999, la ahora fallida Zeucamp S.A. como locadora suscribió con los demandados contrato de locación con relación al inmueble ubicado en la localidad de Open Door, partido de L., provincia de Buenos Aires, por un alquiler mensual de u$s10.000, por un plazo de dos años a contar desde el 1° de septiembre de 1999 hasta el 31 de agosto del año 2001.

    Manifestó que los alquileres fueron pagados normalmente hasta noviembre de 2000, en tanto que en el mes de diciembre de 2000 se canceló parcialmente el precio, sin que se hubiere abonado ninguna otra suma hasta la promoción de la demanda (10/03/2005). Reclamó entonces los alquileres correspondientes a la parte proporcional del mes de diciembre de 2000 y los devengados a partir de enero 2001 hasta marzo 2005 ($510.000), lo que totaliza la suma de $517.200 (ver fs. 24).

    Señaló que el inmueble alquilado fue posteriormente hipotecado por Z.S.A., en garantía de una deuda con J.F.C.G. y otro acreedor no inquilino. Ante la mora en el pago de la hipoteca se promovió su ejecución en los autos “C.G., J.F. y otro c/

    Zeucamp S.A. s/ ejecución hipotecaria especial ley 24.441”, en los que en el mes de febrero de 2003, se...

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