Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 27 de Septiembre de 2018, expediente FRO 028089/2015/CA001

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Civil/Int. Rosario, 26 de septiembre de 2018 Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente nº FRO 28089/2015, caratulado “ZATTARA, MERCEDES MACARENA c/ MUTUAL MEDYCIN s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES” (originario del Juzgado Federal N° 1 de la ciudad de San Nicolás).

Vienen los autos a estudio a fin de resolver la caducidad del recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs. 287), planteada aquella por la Defensora Pública coadyuvante ante los Juzgados Federales de San Nicolás, Dra. S.C. (fs. 326 y vta.), quedando la causa en condiciones de dictarse el presente (fs. 333).

El Dr. Bello dijo:

  1. ) El 26/05/2016 se dictó sentencia de primera instancia (fs.

    278/285 vta.), la que fue notificada a las partes el 26/05/2016 (fs. 285/286 vta.).

    El 02/06/2016 el representante de la demandada interpuso recurso de apelación (fs. 287), el que fue concedido en relación el 09/06/2016 (fs.

    288).

    Fundado el mismo (fs. 312/316 vta.), se dispuso mediante decreto del 28/06/2016: “…De la expresión de agravios, córrase traslado a la contraparte por el plazo de 48 horas. N.. …” (fs. 321).

    Por medio del escrito del 27/04/2018, la Defensora Pública coadyuvante ante los Juzgados Federales de S.N. solicitó que se declare la caducidad de la segunda instancia (fs. 326 y vta.), de lo que se corrió traslado a la contraria por decreto del 07/05/2018 (fs. 327), y no habiendo sido contestado, se elevaron los autos a la alzada, ordenándose autos al acuerdo (fs. 333).

  2. ) La caducidad de instancia es un modo de extinción del proceso que tiene lugar cuando no se impulsa el procedimiento durante el tiempo establecido por la ley, cuya finalidad consiste en la conveniencia pública de facilitar el dinámico y eficaz desarrollo de la actividad judicial.

    Fecha de firma: 27/09/2018 Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, Juez de Cámara Firmado por: E.V., Juez de Cámara #27434584#217265941#20180926091823558 La inactividad, como presupuesto de la caducidad de la instancia, significa la paralización del trámite judicial exteriorizándose esta circunstancia en la no ejecución de acto alguno por las partes idóneo para impulsar el procedimiento y que trasunten la intención de hacer avanzar el proceso hacia su decisión final. El interés público justifica el instituto de la caducidad de la instancia con el fin de evitar la prolongación indeterminada de los procesos.

  3. ) Ha dictado la...

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