Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 18 de Noviembre de 2016, expediente CNT 024250/2014/CA001

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII Causa N°: 24250/2014 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 50088 CAUSA Nº 24.250/2014 - SALA VII - JUZGADO Nº 56 En la ciudad de Buenos Aires, a los 18 días del mes de noviembre de 2016, para dictar sentencia en los autos : “ZARINI VALENTIN C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRTABAJO S.A. S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL” se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. En este juicio se presenta el actor e inicia demanda contra GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. en procura del cobro de una suma a las que se considera acreedor.

    Aduce que ingresó a trabajar para FORD ARGENTINA S.C.A. el 28 de agosto de 1980, en la categoría laboral de operario categoría 9.

    Afirma que el día 2 de septiembre de 2012, cuando se encontraba trabajando en el sector montaje y relevamientos de tapas pluviales, las cuales tienen un peso de alrededor de 30 kilogramos, levantándolas entre tres personas (cuando se levantan generalmente con máquinas) una de las chapas se inclina, cortándole en forma completa la falange del dedo mayor de la mano derecha.

    Da cuenta de la atención médica recibida y dice que en la actualidad se encuentra incapacitado, por lo que pretende el cobro de las prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo, aunque plantea la inconstitucionalidad de alguna de sus normas.

    A fs. 24/55 vta., se presenta a responder la accionada GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., tras la negativa de rigor, impugna liquidación y pide el rechazo de la demanda.

    La sentencia de primera instancia obra a fs. 146/153, en la que el “a-quo”, luego de analizar los elementos de juicio aportados a la causa, decide en sentido favorable a las pretensiones del accionante.

    El recurso que analizaré llega interpuesto por la parte actora (fs.

    155/166vta.).

    También a fs. 154, el perito médico cuestiona sus honorarios por estimarlos reducidos.

  2. La parte actora cuestiona el fallo en tanto el sentenciante no hizo lugar a la incapacidad psicológica (10% de la to.) y al daño estético (5% de la to.), con lo cual le concede un monto indemnizatorio de $128.932 con el que no está de acuerdo A mi juicio le asiste razón en este aspecto del agravio.

    Fecha de firma: 18/11/2016 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA #20291849#166561021#20161121090152170 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

    SALA VII Causa N°: 24250/2014 En efecto, luego de examinar y analizar los...

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