Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 2 de Marzo de 2022, expediente CCF 005487/2021/CA001

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y

COMERCIAL FEDERAL – SALA II

Causa n° 5487/2021

ZARATE, W.N. c/ BANCO DE LA NACION

ARGENTINA s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA

Buenos Aires, de marzo de 2022. SM

VISTO: el recurso de apelación interpuesto y fundado por el accionante el día 16.09.21, contra la resolución dictada 10.09.21; y CONSIDERANDO:

  1. El Sr. W.N.Z. inició demanda contra el Banco de la Nación Argentina (en adelante, “el banco” o “la institución bancaria” o “B.N.A.”) con el objeto de que se declare la inexistencia o nulidad del crédito bancario otorgado por la institución bancaria. En tal contexto,

    solicitó el dictado de una medida cautelar a fin de que la entidad bancaria demandada suspenda el cobro de las cuotas del crédito señalado y que fuera otorgado por la suma de pesos doscientos cuarenta mil ($240.000), que dice no haber solicitado (ver puntos I y IV del escrito inaugural de fecha 28.06.21).

    En su presentación inicial, el accionante manifestó haber sido víctima de una estafa electrónica llamada “phishing”, habiendo un tercero sustraído mediante diversas maniobras sus datos de acceso a su banca electrónica y describió el préstamo cuya anulación persigue. En lo particular,

    relató que, el día domingo 6 de junio del 2021, recibió una llamada telefónica en el celular de su pareja de parte de una persona que se presentó

    como empleado de la A.N.S.E.S., que le informó haber sido beneficiado con un bono de pesos veinte mil ($20.000), y que para acceder a dicha suma debería proporcionarle sus datos personales y los de su cuenta bancaria.

    Expuso que le indicaron que se acerque a un cajero automático y ahí mismo haga el “ALTA DE TOKEN” y de su “CLAVE DE HOMEBANKING”.

    Refirió haber accedido a todo lo que le fue solicitado y añadió que envió

    todos sus datos por medio de fotografías al número telefónico desde el cual fue contactado. Explicó que, luego de suministrar toda su información Fecha de firma: 02/03/2022personal, se dio cuenta que estaba siendo víctima de una estafa y ahí mismo Alta en sistema: 03/03/2022

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA

    realizó una sustracción de pesos dos mil ($2.000) y dejando su cuenta sueldo en cero pesos. Contó que, al día siguiente, llamó al B.NA. para informar lo sucedido y que, pese a ello, jamás lo comunicaron con el sector que corresponde hasta que se cortó la llamada. Indicó que, ante ese panorama, el martes 8 del mismo mes y año, volvió a comunicarse con la accionada y que,

    para su sorpresa, un empleado lo anotició de que, con sus datos, se tramitó

    un préstamo de pesos doscientos cuarenta mil ($240.000), suma que alegó

    haber sido retirada electrónicamente sin su participación como titular de la cuenta. Frente a ello agregó que, con fecha 15 de junio del año 2021, a la promoción de Denuncia Penal ante la División de Operaciones Comisaría Vecinal (14A) de la Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tramita bajo el Nro. de actuación 26.6411/2021 caratulada “Delito- Ley 11.179. Art. 172. Estafas y otras defraudaciones” con intervención del Juzgado Ministerio Público de la Nación, Ministerio Publico Fiscal - Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°22, Secretaría a cargo de la Fiscal Dr. Cubría.

    El actor indicó que en la situación y circunstancias que atraviesa se vuelve necesario el otorgamiento de la medida requerida. Explica que su situación personal frente al descuento compulsivo del importe de las cuotas del préstamo lo ponen en una situación de riesgo cierto en atención a no poder atender sus necesidades básicas.

    Explicó que la verosimilitud del derecho se encuentra acreditada mediante la prueba documental acompañada a la demanda dándole sustento a sus dichos. En lo atinente al peligro en la demora, alegó la urgencia en la resolución fundada en las maniobras fraudulentas que...

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