Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 26 de Marzo de 2019, expediente COM 015870/2013/CA001

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 15870/2013/CA1 ZAPATA SANDRO EUSEBIO C/ ASV ARGENTINA SALUD VIDA Y PATRIM. CIA. DE SEG. S.A. S/

ORDINARIO.

Buenos Aires, 26 de marzo de 2019.

  1. El accionante apeló la resolución de fs. 236/237, que declaró operada la caducidad de la instancia en las presentes actuaciones y le impuso la costas derivadas de tal decisión (fs. 238).

    Los fundamentos del recurso fueron expuestos en fs. 240/243 y resistidos en fs. 248/250.

  2. a) L. cabe precisar que la carga de impulsar el trámite del expediente, de activarlo, de hacer que progrese hacia la sentencia, corresponde a la parte que promovió el proceso, el incidente o dedujo el recurso (arg. cpr 315).

    Así, se ha dicho que el impulso del proceso, por vía de principio, le corresponde a quien lo promueve, porque al activar el mecanismo jurisdiccional concreta una pretensión que habilita el curso de la instancia, que se desarrollará hasta la sentencia (O.A.G., Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, comentado y anotado, Buenos Aires, 2002, T. II, pág. 144).

    Toda petición inicial de un proceso, trámite o procedimiento dirigido a un juez para que satisfaga un interés legítimo de quien acciona, es en general instancia y a partir de ello comienza para el accionante la carga de impulsar el Fecha de firma: 26/03/2019 Alta en sistema: 27/03/2019 Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.P., PROSECRETARIO DE CAMARA #23092630#228951181#20190326122025145 procedimiento (C.J.C., Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, comentado y anotado, Buenos Aires, 1969, T. II, pág 663); principio dispositivo que pone a cargo de quien inicia una acción como la que nos ocupa la responsabilidad jurídica (carga) de impulsar la causa, formulando las peticiones necesarias para instar el curso del proceso (conf. esta S., 28.9.17, “Sniafa SAICFEI s/ quiebra s/ incidente de verificación de crédito promovido por G. de la Vega, J. y otro”; íd., 29.5.14, “Obra Social Bancaria Argentina S.A. s/ concurso preventivo s/ incidente de verificación de crédito promovido por Provincia A.R.T. S.A.”; íd., 23.3.09, “Orciuoli, A. c/

    Zurich International Life Limited -sucursal argentina- s/ beneficio de litigar sin gastos”; íd., 20.2.08, “J.S.A. s/ quiebra s/ incidente de verificación de crédito promovido por Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires”; entre...

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