Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 16 de Abril de 1996, expediente Ac 54857

PresidenteMercader-San Martín-Pisano-Negri-Salas
Fecha de Resolución16 de Abril de 1996
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a dieciséis de abril de mil novecientos noventa y seis, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores M., S.M., P., N., L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa Ac. 54.857, "Z., C. contra P., E.. Daños y perjuicios".

A N T E C E D E N T E S

La Sala II de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San Isidro modificó la sentencia de primera instancia en lo que hace al importe de la condena y a la distribución de las costas, las que impuso a la demandada.

Se interpuso, por esta última, recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Dictada la providencia de autos y encontrándose la causa en estado de dictar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorM. dijo:

  1. Contra la decisión de la Cámara de Apelación departamental que modificó la sentencia de primera instancia en punto al monto de la condena, el que elevó y a la carga de las costas, que impuso a la demandada ésta dedujo el presente recurso en el que denuncia violación y/o errónea aplicación de los arts. 34, 35, 45, 71, 72, 266, 272 y 384 del Código Procesal Civil y Comercial, así como la violación del principio de congruencia, de los derechos de defensa en juicio y de propiedad, y absurdo en la apreciación de la prueba.

    Se agravia de la estimación judicial del perjuicio sufrido, particularmente con motivo de las aberturas efectuadas en el inmueble para instalar los aparatos de aire acondicionado, y de que -pese al hecho que el actor hubo incurrido en pluspetición inexcusable- el Tribunal le haya impuesto las costas. Solicita por último la descalificación de la sentencia por haber omitido resolver el agravio vertido en torno a la cuantía de las regulaciones.

  2. El recurso no puede prosperar.

    En lo que hace al monto fijado en concepto de perjuicio por las obturaciones realizadas para el emplazamiento del aire acondicionado, porque es facultad privativa de los jueces ordinarios la elección de las pautas para determinar la indemnización por daños y perjuicios, así como la fijación delquantum, y tal perrogativa sólo puede ser analizada en casación...

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