Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 6 de Noviembre de 2018, expediente CAF 001097/2007/CA002 - CA003 - ...

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 1097/2007 Z.C.A. c/ EN- M° JUSTICIA-

RESOL 1008/06- DTO 864/03 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Juzg. 2.

Buenos Aires, de de 2018.- SR Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que en la sentencia de esta sala se ordenó la reincorporación del actor (fs. 316/320), quien, con posterioridad, solicitó

    que se intimara a la demandada a que acreditara haber dado cumplimiento con esa orden “bajo apercibimiento de lo que por derecho corresponda” (fs.

    361; luego pidió que se impusieran astreintes a fs. 364).

    Tiempo después, pidió que se intimara a la demandada a cumplir con lo resuelto por este tribunal “ordenando el reintegro del actor al servicio activo o bien ejercer la opción que establece la Ley 20416 en su artículo 106” (fs. 367).

    El juez intimó al organismo “para que en el término de 5 días reintegre al actor al servicio activo o manifieste si va a ejercer la opción que establece la ley 20416 en su art. 106” (fs. 368).

    Finalmente, el actor informó que no podía ser reincorporado, pues el artículo 4º de la ley 13.018 prevé que un subprefecto pasará obligatoriamente a situación de retiro al haber alcanzado el límite de edad de 54 años y aquél había nacido el 23 de septiembre de 1962, de modo que “sólo es posible que el mismo sea indemnizado conforme lo establece el art. 106 de la ley 20416”. Informó que “administrativamente ha solicitado a la demandada se lo indemnice, acompañando la liquidación pertinente (…)

    sin haber obtenido respuesta alguna”. En ese sentido, practicó liquidación, de la cual se dio traslado al organismo demandado (fs. 371 y 372).

  2. Que el Estado Nacional (Servicio Penitenciario Federal) pidió que se declarara abstracto “el objeto de la litis”, teniendo en cuenta que no era posible reincorporar al actor al servicio activo porque “ya ha sido oportunamente reincorporado a servicio activo por convocatoria en fecha 11/04/2012” (fs. 395/403).

    Fecha de firma: 06/11/2018 Alta en sistema: 08/11/2018 Firmado por: DRA. DO PICO - DRA. HEILAND - DR. FACIO - , JUECES DE CÁMARA - - H. GERDING SECRETARIO #11144572#218891489#20181106072156046 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 1097/2007 Z.C.A. c/ EN- M° JUSTICIA-

    RESOL 1008/06- DTO 864/03 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Juzg. 2.

    Adujo que “si bien es cierto que el Tribunal de alzada hizo lugar a la demanda —sin tener conocimiento de que la actora había sido previamente reincorporada por convocatoria al servicio activo—...

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