Zabala C/Bracelli

La Excma. Séptima Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza notifica a los demandados Esther Nelly Braccelli y Ernesto Oscar Danielle de ignorado domicilio que en autos N° 10409 caratulados "ZABALA, ARIEL OSCAR c/BRACCELLI, ESTHER NELLY y OTS. p/DESPIDO" a fs. 30 proveyó: "Mendoza, 03 de septiembre de 2012. Téngase al Dr. Roberto Ruiz Bucca Zapata, por el Sr. Oscar Ariel Zabala, por presentado, por parte domiciliado en el carácter invocado, en virtud del poder acompañado en autos. De la demanda interpuesta, traslado al demandado por el término de ocho días, con citación y emplazamiento para que comparezca, responda y fije domicilio legal dentro del radio del Tribunl, todo bajo apercibimiento de ley (arts. 45, 46, 22, 26 y cc. de C.P.L). Téngase presente las pruebas ofrecidas y lo demás expuesto para su oportunidad. La demandada deberá manifestar su voluntad de proponer perito, en caso de correponder, bajo apercibimiento de procederse a la designación del profesional propuesto por la parte que lo realice o de procederse al sorteo en el supuesto de no mediar proposición o no concretarse acuerdo o coincidencia respecto de los profesionales propuestos por las partes. Intímase a la demandada para que en la contestación de demanda justifique el pago de los rubros no retenibles (días trabajados hasta el distracto, SAC y vacaciones en su parte proporcional, asignaciones familiares, premios, etc.) o bien deposite su importe sin perjuicio de la eventua diferencia que pueda surgir en caso de no coincidir los valores demandados con los pagados o depositados. Todo bajo apercibimiento de, en el eventual supuesto que la sentencia a dictarse declare procedente la petición efectuada por la actora, aplicar la sanción establecida en el art. 22 y 36, inc IV del CPC. Se hace saber a las partes que la presente causa...

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