Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA H, 4 de Marzo de 2016, expediente CIV 042212/2009/CA001
Fecha de Resolución | 4 de Marzo de 2016 |
Emisor | SALA H |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
42212/2009. Z., S.
V. c/ D. V., G.O. s/INCIDENTE FAMILIA Buenos Aires, de marzo de 2016.- NR AUTOS Y VISTOS:
Vienen estos autos con motivo de los recursos de apelación interpuestos contra la regulación de honorarios de fs. 187 que estableció la retribución de las Dras. M.A.G. y M.C.S., en su calidad de ex letradas patrocinantes del demandado.-
Asimismo es elevado, con recurso autónomo, el expediente 20.881/10 sobre homologación y las causas 86.385/08 y 108.406/08, ambas sobre medidas precautorias, en las que se apelan también los honorarios de las ex letradas del Sr. D.
V.-
Atento la clara vinculación que existe entre el objeto de las pretensiones y las cuestiones debatidas y decididas en cada uno de dichos procesos así como las particularidades que reviste el caso y la forma en que fuera efectuada la regulación de honorarios en la instancia de grado, resulta prudente tratar los honorarios ponderando en forma integral las actuaciones profesionales cumplidas en cada uno de ellos.-
Los expedientes n° 86.385 y 108.406 fueron iniciados por cada uno de los ex – cónyuges en los términos de los arts. 233 y 1295 del –
hoy derogado– Código Civil, peticionándose la traba de cautelares sobre los bienes patrimoniales que en cada causa se detallan y la exclusión del cónyuge en el extpe. 86.385.- Las medidas dictadas en ambos procesos se sustentaron en dicha normativa.-
El incidente 42.212/2009 fue promovido por la Sra. Z. a fin de obtener la atribución exclusiva del hogar conyugal para habitarlo con su hijo menor.- En el marco de estas actuaciones, luego de celebradas varias audiencias, las partes arribaron a un acuerdo mediante el cual se adjudicó el inmueble de la calle Santa Fe al requerido, quien acordó a favor de la accionante y de su hijo, el derecho a continuar habitando el Fecha de firma: 04/03/2016 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #13234970#148201091#20160307101334716 inmueble hasta el 31/3/2013, oportunidad en la que le sería devuelto –
junto con la cochera– y contra entrega de la suma de U$S 14.000.- Por otra parte, se adjudicó a la reclamante la parte proporcional que correspondía a ambos del inmueble sito en la calle B.V. y la totalidad del automotor VW Gol Country.- Asimismo se pactaron las costas por su orden, el levantamiento de las medidas cautelares trabadas en los autos conexos y la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba