Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 22 de Diciembre de 2016, expediente CAF 012981/2007/CA001
Fecha de Resolución | 22 de Diciembre de 2016 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V 12981/2007 Y.J.H.A. c/ EN - M°
INTERIOR - PFA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, de diciembre de 2016.- MEE Y VISTOS; CONSIDERANDO:
Los Dres. G.F.T. y J.F.A., dijeron:
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Que llegan estos actuados a consideración del tribunal a los fines de resolver sobre la procedencia del requerimiento de intervención del Cuerpo Médico Forense efectuado por la co-demandada, Estado Nacional (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos) a fs. 234/270, punto XI, a), 3) –ver, a su vez, fs. 320/327, punto 12.1 y fs. 398/405, punto 9, d)–; ello, en virtud de lo decidido por la señora Jueza de grado a fs. 464, sexto párrafo, en los términos de la Acordada nº 47/09 CSJN y Res J.S.N.
nº 10/10 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
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Que, con fecha 15 de diciembre de 2009, se dictó la Acordada nº 47/09 mediante la cual la Corte Suprema de Justicia de la Nación circunscribió la intervención del Cuerpo Médico Forense a los requerimientos del fuero criminal y, excepcionalmente, a los restante fueros cuando mediaren notorias razones de urgencia, pobreza o interés público debidamente acreditadas, poniendo en cabeza de cada Cámara la decisión acerca de la procedencia o no del requerimiento de intervención del citado cuerpo efectuado por el juez respectivo.
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Que, según se desprende de la compulsa del sistema informático, el beneficio de litigar sin gastos caratulado “Y.J.H.A. c/ EN – Mº Interior – PFA y otros s/ Beneficio de Litigar sin Gastos” –expte. nº 12.982/2007–, ha sido concedido en su totalidad, por lo que las razones de pobreza a las que alude la citada acordada se encontrarían suficientemente acreditadas a los fines de autorizar la intervención del Cuerpo Médico Forense. Sin perjuicio de ello, debe referirse que la misma actora se opuso a su designación (fs. 465/466) y solicitó se designaran los correspondientes peritos, lo que permite inferir Fecha de firma: 22/12/2016 que no media en el caso de autos la excepcionalidad prevista en la mentada Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #10997963#168167032#20161201125322776 Acordada nº 47/09 para su procedencia, correspondiendo rechazar el pedido de intervención del Cuerpo Médico Forense. ASÍ VOTAMOS.
El Dr. P.G.F. dijo:
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Que adhiero a lo dicho en los considerando I y II del voto que...
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