Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 28 de Abril de 2016, expediente CAF 045908/2014/CA001

Fecha de Resolución28 de Abril de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 45908/2014 YANG, DAN c/ EN DNM- s/AMPARO POR MORA Buenos Aires, de abril de 2016.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 93 la parte actora manifiesta que en el pronunciamiento de fs. 92/vta. se incurrió en un error en la medida en que resolvió una cuestión ajena a las presentes actuaciones.

  2. Que asiste razón a la parte actora, por cuanto debido a un error material la resolución de fs. 92/vta. no se refiere a la cuestión debatida en autos, motivo por el cual corresponde dejarla sin efecto.

  3. Que a fs. 84/85 la juez de primera instancia rechazó la acción de amparo por mora interpuesta por la actora contra la Dirección Nacional de Migraciones. Impuso las costas en el orden causado.

    Para así decidir, luego de detallar el trámite de las actuaciones, sostuvo que la demora de la demandada no resultaba irrazonable.

  4. Que contra esa resolución, la parte actora interpuso y fundó el recurso de apelación a fs. 86/88, que no fue replicado por la demandada.

    En cuanto interesa, la recurrente se agravia por considerar que transcurrió más de un año y medio desde que presentó la solicitud de residencia, sin que la demandada hubiera resuelto lo requerido.

  5. Que de las constancias del expediente administrativo Nº 49975/2014, acompañado en copia por la Dirección Nacional de Migraciones al presentar el informe que se prevé en el artículo 28 de la Ley Nº 19.549, resulta que la actora presentó la solicitud de residencia permanente y la prueba documental el día 19 de marzo de 2014 (fs. 21/48); que el 24 de julio de 2014 la accionante presentó pronto despacho (fs. 50/52); que el 8 de abril de 2014 la demandada solicitó a la Fecha de firma: 28/04/2016 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #24176347#151667765#20160421104856333 Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto que se expidiera respecto de la legitimidad de las legalizaciones acompañadas por la requirente (fs. 56); que el 7 de agosto de 2015 se realizó el informe socio ambiental (fs. 66/67); y que el 27 de agosto de 2015 se remitieron las actuaciones al Ministerio del Interior y Transporte para que se evaluara si el caso encuadra en las excepciones...

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