Las Conclusiones de las XIX Jornadas Nacionales de Derecho Civil (Rosario, 25, 26 y 27 de septiembre de 2003)

AutorPablo Martín Labombarda
Páginas129-129

Page 129

De lege lata (ningún despacho obtuvo mayoría):

En el Derecho argentino no está autorizada la inducción al parto en el caso de fetos anencefálicos.

En el Derecho argentino está autorizada la inducción al parto en el caso de fetos anencefálicos por aplicación de lo dispuesto por el art. 86 inc.1 del Código Penal.

De lege ferenda (ningún despacho obtuvo mayoría):

Debe mantenerse la prohibición de la inducción al parto en el caso de fetos anencefálicos.

  1. Debe dictarse una ley nacional que posibilite la inducción al parto en el caso de fetos anencefálicos.

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