Xior S.A.

Fecha de disposición09 Agosto 2007
Fecha de publicación09 Agosto 2007
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31214

Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 6/8/2007.

Tomo: 91. Folio: 961.

e. 09/08/2007 N° 94.822 v. 09/08/2007 ROSBACO GROUP SOCIEDAD ANONIMA Por error en aviso publicado en fecha 4-7-07, según recibo N° 0076-00092149 se consignó el domicilio especial de los Directores en Florida 656, 1° piso, oficina '103', Cap. Fed. Cuando en realidad es Bartolomé Mitre 734 5° piso, Cap. Fed.

Firmado: Gerardo D. Ricoso, autorizado por escritura publica N° 237 del 5/6/07 ante el registro 1545.

Abogado Gerardo D. Ricoso Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 07/08/07.

Tomo: 95. Folio: 02.

e. 09/08/2007 N° 7317 v. 09/08/2007 S.V.A.

S.A.C.I.F. E I.

NUMERO CORRELATIVO: 903382. Aumento de Capital. Modificación de Estatuto. Se comunica que: 1) Por resolución de Asamblea Extraordinaria Unánime del 19/05/2007 fue aumentado el Capital Social de $ 450.000 a $ 4.100.000; 2) Dicho aumento corresponde a la capitalización de los saldos en pesos de las cuentas: a) Ajuste de Capital ($ 734.327,79), b) Prima de emisión de acciones ($ 481.925,27), c) Reserva para aumento de Capital($ 1.761.440) y d) Dividendo en acciones liberadas según balance aprobado por Asamblea del 19/05/2007($ 672.306,94), que totalizan la suma de $ 3.650.000; 3) EI Capital Social quedó fijado en $ 4.100.000 totalmente suscripto e integrado; 4) Se modifica el Estatuto Social en su artículo cuarto como sigue: 'ARTICULO CUARTO: EI capital Social es de cuatro millones cien mil pesos ($ 4.100.000) representado por cuatro millones cien mil (4.100.000) acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de clase 'A' las cuales confieren cinco (5) votos por acción y de un ($ 1) peso valor nominal cada una. El Capital Social puede ser aumentado hasta el quíntuple de su monto mediante la respectiva resolución de la Asamblea Ordinaria, sin requerir conformidad administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo N° 188 de la Ley de Sociedades Comerciales'- texto ordenado mediante decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 841/84-'; 5) Se modifica el artículo noveno del Estatuto Social como sigue: 'ARTICULO NOVENO: Cada director titular contratará a su costo, una póliza de caución, emitida por una Compañía de Seguros debidamente autorizada, mediante la cual se otorgará, a favor de la Sociedad, una garantía de diez mil pesos ($ 10.000) por el buen desempeño de su respectivo cargo'. Presidente según Acta de Asamblea del 19/05/2007.

Presidente Edgardo Rubén Giosa Certificación emitida por: Ezequiel N. O'Donnell.

Nº Registro: 1733. Nº Matrícula: 4129. Fecha: 30/ 7/2007. Nº Acta: 160. Libro Nº: 10.

e. 09/08/2007 N° 23.800 v. 09/08/2007 SAMCONSULT SOCIEDAD ANONIMA Se comunica que por resolución de la Asamblea General Extraordinaria Unánime de la Sociedad cuyo número de Registro ante la Inspección General de Justicia es 1.637.239 celebrada el 31 de julio de 2007, se decidió: (i) aumentar el capital en $1.721.080, elevándolo de $600.000.a $2.321.080, emitiendo a tales efectos 721.080 acciones ordinarias, nominativas no endosables sin prima de emisión y 1.000.000 de acciones preferidas, nominativas no endosables, cada una de valor nominal un peso, sin derecho a voto y sin prima de emisión; y (ii) modificar el Estatuto Social en sus Artículos 4° y 8° adoptándose los siguientes textos: 'CAPITAL: ARTICULO CUARTO:

El capital social se fija en la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTIUN MIL OCHENTA ($2.321.080), representado por (i) UN MILLON TRESCIENTOS VEINTIUN MIL OCHENTA (1.321.080) acciones ordinarias, nominativas no endosables, cada una de valor nominal un peso y con derecho a un voto; y (ii) UN MILLON (1.000.000) de acciones preferidas, nominativas no endosables, cada una de valor nominal un peso y sin derecho a voto'; y 'ADMINISTRACION: ARTICULO OCTAVO: La dirección y administración de la Sociedad está a cargo del Directorio, integrado por uno a cinco miembros titulares, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al Directorio por el orden de su designación. Mientras la Sociedad prescinda de la sindicatura, la elección por la Asamblea de uno o más Directores suplentes será obligatoria. El término de su elección es de tres ejercicios. La Asamblea fijará el número de Directores así como su remuneración. El Directorio sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros titulares y resuelve por mayoría de los presentes. En caso de empate, el Presidente desempatará votando nuevamente. En su primera reunión designará un Vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o impedimento.

Cada director, en garantía de sus funciones, depositará la suma de $10.000.- o su equivalente en bonos, títulos públicos o moneda nacional o...

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