Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 1 de Septiembre de 2016, expediente CCF 000576/2015/CA003
Fecha de Resolución | 1 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III C. 576/2015/CA3 “Wu Yuting s. solicitud de carta de ciudadanía”
Buenos Aires, 1 de septiembre de 2016.
AUTOS Y VISTOS:
El recurso de apelación interpuesto en subsidio a fs. 371/409vta.
contra la decisión de fs. 367/vta., y CONSIDERANDO:
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La señora jueza subrogante hizo mérito de los pronunciamientos dictados en la anterior instancia y por este Tribunal en virtud de los cuales se dispuso que la peticionaria debía acreditar la residencia continua de dos años en el país como requisito para disponer el trámite de la ciudadanía. Asimismo, valoró las constancias documentales agregadas al expediente para concluir que se acreditó que el 25 de abril de 2014 se había iniciado una actuación administrativa ante la Dirección Nacional de Migraciones para pedir la residencia.
Sobre esa base, consideró necesario adoptar las medidas pertinentes a fin de posibilitar la acreditación en debida forma del mencionado requisito. En consecuencia de ello, dispuso que: 1) se librase cédula a la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante DNM) para que informe respecto de la situación de residencia de la interesada, aporte la información de rigor y adjunte copia de las constancias acompañadas a estas actuaciones; y 2) se requiriese al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 3 para que remita el expediente con el recurso directo promovido por la peticionaria contra el acto administrativo de declaración de irregularidad de la residencia.
Según surge de fs. 368/70, ambos requerimientos fueron librados por el juzgado, habiéndose remitido el expediente judicial, el cual fue reservado en sobre adjunto a estas actuaciones.
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Contra esa decisión el letrado apoderado de la peticionaria, C.D.R.P., interpuso revocatoria con apelación en subsidio.
Fecha de firma: 01/09/2016 Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #24675270#160936425#20160902044210395 Después de explayarse sobre “aclaraciones preliminares para los Sres. Camaristas” con relación a políticas y proyectos sobre “limpieza étnica de la población” y de “discriminación racial” en nuestro país durante el Segundo Plan Quinquenal de P., y mantenidos durante el llamado Proceso de Reorganización Nacional (ver fs. 371/83), destacó que la peticionaria de la ciudadanía fue en el pasado víctima de tráfico de personas y de discriminación por parte de la DNM en virtud de su...
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