Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 4 de Julio de 2019, expediente CAF 017217/2018/CA001

Fecha de Resolución 4 de Julio de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V EXPTE. N° 17.217/2018/CA1 “WENG, NAQUN c/ EN-Mº

INTERIOR OP Y V-DNM s/

RECURSO DIRECTO”

Buenos Aires, de julio de 2019.-MNP VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Los Sres. Jueces de Cámara, D.. G.F.T. y P.G.F. dijeron:

  1. Que a través de la sentencia de fojas 111/113 el juez de grado rechazó el recurso judicial deducido por el Sr. J.W. en representación de su hija menor N.W. y confirmó las Disposiciones SDX Nros. 124152/17 y 38087/18 dictadas por la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, DNM), con costas.

    En lo que aquí interesa, por conducto de la primera disposición antes citada, la Administración había declarado irregular la permanencia de la menor en el territorio de la República Argentina, ordenó

    su expulsión y prohibió su reingreso por el término de 5 (cinco) años.

  2. Que disconformes con dicha decisión, el Sr. WENG interpuso recurso de apelación a fojas 122/123, haciendo lo propio la Defensora Pública Oficial ante los Tribunales Federales 126/132. Dichos remedios fueron replicados a fojas 134/145 por la DNM.

  3. Que recibidas ante la S. III de este Fuero (v. fs. 149), el F. General tomó intervención a fojas 150. En virtud de lo expuesto en dicho dictamen, el citado tribunal dispuso la remisión de la presente causa a esta S. en atención a la conexidad con los autos “WENG Jin c/ EN-M Interior OP y V –DNM s/ Recurso Directo DNM” (Expte. Nº 45.984/17).

  4. Que a fojas 167/168 tomó nuevamente intervención el F. Coadyuvante de Cámara, en donde opinó sobre el argumento relativo a la reunificación familiar invocado en autos.

  5. Que a fojas 175/176, en concordancia con el dictamen fiscal (v. fs. 172/173), esta S. declaró la conexidad de la presente causa con los autos “WENG Jin” (Expte. Nº 45.984/17) y -en atención lo emergente del sistema informático- solicitó la remisión de la causa “CHEN Zhu c/ EN-M Fecha de firma: 04/07/2019 Firmado por: G.F.T.-.J.F.A.-.P.G. FEDRIANI #31430433#238958742#20190704123302519 Interior OP y V – DNM s/ Recurso Directo”, Expte Nº 61.150/17, correspondiente a la madre de la actora.

  6. Que conforme surge del DEO Nº 144858 (v. fs. 200) el titular del Juzgado Nº 6 de este Fuero solicitó la remisión de la causa “WENG Jin” (Expte. Nº 45.984/17) a fin de proveer las presentaciones realizadas en el marco de dicha causa.

    Remitidas las citadas actuaciones al tribunal de origen (v. fs.

    201), a fojas 202 se tuvieron por nuevamente recibidas ante esta Alzada.

    Ahora bien, conforme surge de las constancias obrantes a fojas 134 de la citada causa, la DNM se presentó e informó la retención del Sr. WENG por parte de la Policía Federal División Asuntos Migratorios, quien fue trasladado para su alojamiento y custodia en las instalaciones de la División Alcaidía de la Superintendencia de Investigaciones Federales, C., con asistencia médica y separado de la población carcelaria común, en carácter de “COMUNICADO”, hasta la oportunidad en que sea perfeccionada su expulsión del país. Lo cual, al día de la fecha no consta que se hubiere dado efectivo cumplimiento.

    Asimismo, en dicha causa se agregaron testimonios de un pedido de habeas corpus deducido por el Dr. M.P.P.D.M. en favor del Sr. WENG, el cual fue rechazado por el Juzgado Nacional en lo Criminal y C. Nº 5 de esta Ciudad, decisión que fue confirmada por S. I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y C. también de esta ciudad (v. fs. 140/146).

    En atención a las constancias antes reseñadas, a fojas 202 de la presente causa se ordenó la remisión de las actuaciones en estudio (junto con los expedientes conexos y documental reservada en secretaría) al Defensor Público Oficial ante los Tribunales Federales a los efectos de que tomara conocimiento de las cuestiones aquí ventiladas.

  7. Que en virtud de ello, a fojas 203/205 la Defensora Pública Oficial ante los Tribunales Federales tomó conocimiento de las actuaciones antes detalladas y solicitó el dictado de una medida de no innovar respecto de la inminente expulsión del Sr. WENG, ya que su concreción condicionaría la sentencia de mérito a dictarse en las presentes actuaciones.

    En este sentido, requirió que se ordene a la DNM a suspender la expulsión del Sr. WENG hasta tanto se acredite el cumplimiento Fecha de firma: 04/07/2019 Firmado por: G.F.T.-.J.F.A.-.P.G. FEDRIANI #31430433#238958742#20190704123302519 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V del recaudo contenido en el artículo 111 del CCyCN. Asimismo, expuso que “a los fines de evitar una prolongación innecesaria de la situación de encierro del padre mi asistida y a los fines de permitirle, precisamente, que continúe litigando en las presentes actuaciones, solicito a los Sres. Jueces que ordene a la Dirección Nacional de Migraciones que deje sin efecto la retención y disponga una medida alternativa a la detención que asegure que el Sr.

    WENG continúe a derecho”.

    Además, destacó que de la compulsa de la Causa...

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