WEGLINSKI, GISELLE c/ ATENTO ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
Fecha | 28 Febrero 2018 |
Número de expediente | CNT 044117/2013/CA001 |
Número de registro | 199880163 |
Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA. CAUSA NRO. 44.117/2013: AUTOS “WEGLINSKI GISELLE C/ ATENTO ARGENTINA S.A. S/ DESPIDO”.- JUZGADO NRO. 33.
En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a 28/02/2018 reunidos en la Sala de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal, a fin de considerar el recurso deducido contra la sentencia apelada, se procede a oír las opiniones de los presentes en el orden de sorteo practicado al efecto, resultando así la siguiente exposición de fundamentos y votación:
EL Dr. A.H.P., dijo:
- La sentencia de la instancia anterior que, en lo esencial, consideró
que el despido dispuesto por la demandada careció de causa justificada y ordenó el pago de las indemnizaciones correspondientes, ha sido apelada por ambas partes en los términos que surgen de los memoriales agregados a fs. 525/532 y 533/536, respondidos a fs. 541/544 y 538/540.
No está en discusión que el vínculo entre las partes, que comenzó el día 19 de diciembre de 2003, finalizó por decisión de la demandada conforme comunicación del día 1 de julio de 2013, en la que se imputó a la actora “que su gestión desde febrero de 2013 hasta la fecha no ha logrado alcanzar el objetivo que tenía impuestos, siendo que ha estado prestando servicios con manifiesto desgano, desinterés y elocuente falta de diligencia contrariando la norma del art.84 LCT, motivo por el cual su producción no ha alcanzado los estándares mínimos de exigencia para su posición”. Agrega la comunicación, luego de referir los estándares exigidos y los supuestamente alcanzados, que “todos los hechos denunciados se encuentran debidamente registrados mediante documentación que obra en nuestro poder”, y luego de aludir a planes de acción destinados a ayudarla a mejorar su gestión, continuó
afirmando que “estas situaciones resultan inconvenientes, afectan y perjudican gravemente la gestión de la empresa”, como así también que “conforme surge de los informes efectuados por su jefatura, es notable su falta de compromiso para con las tareas asignadas”, que “su conducta demuestra su absoluto desinterés en el mantenimiento de la relación contractual, generando con sus actitudes un grave perjuicio a la empresa perjudicando el normal desenvolvimiento de la actividad”, para concluir que “todas estas actitudes constituyen graves injurias que afectan la confianza dispensada para desempeñar su labor” e implican “una violación a los deberes de Fecha de firma: 28/02/2018 Firmado por: D.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G., SECRETARIA Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA #20041373#199880163#20180228121450226 Poder Judicial de la Nación diligencia y colaboración respecto de la empresa, fidelidad hacia ella y un incumplimiento a las órdenes e instrucciones oportunamente impartidas, lo que conlleva a la total pérdida de confianza en su gestión y le ocasiona un detrimento económico a la empresa”.
Sostiene la demandada que la injuria está acreditada y, según entiendo, es evidente que no le asiste razón, pues como ha sido dicho en la sentencia de la anterior instancia, no existe prueba que acredite los incumplimientos alegados para despedir a la actora.
Ameroso (fs. 341) solo sabe que “les comentaron que la despidieron porque no cumplía con lo esperado en la campaña”, Vierlich (fs. 397), señaló que no sabe el motivo por el que dejo de trabajar pero que le comentaron “que no era conveniente para la emporesa”, y Cortazar (fs. 396) dijo tener conocimiento “del motivo de la justa causa mediante las cartas documento que se enviaron de la causa del despido”, aunque señala que “la justa causa fue un incumplimiento de gestión en la atención de los clientes” y aunque reconoce que no recuerda detalladamente el incumplimiento, refiere que fue un error en el proceso de atención.
Fuera de todo ello, que solo traduce la falta de conocimiento directo de los testigos respecto de las supuestas injurias que la actora habría inferido a su empleador, se observa que éste no ha acompañado ningún informe como el que dijo poseer en la comunicación rescisoria sobre la conducta de la actora, tampoco requirió al perito contador algún reporte sobre el rendimiento de la trabajadora en los períodos en los que se imputa una deficiente gestión, y la sola firma del Plan de Ayuda, que si es “ayuda” no es sanción, no revela mayor reconocimiento de parte de la actora que el no haber alcanzado...
Para continuar leyendo
Solicita tu pruebaAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
