Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 17 de Noviembre de 2017, expediente CNT 057474/2012/CA001

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 57474/2012 - WARSZAWSKI ALEJANDRO GREGORIO c/

ENCOPRESS S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL Buenos Aires, 17 de noviembre de 2017.

VISTOS:

Que, arriban las presentes actuaciones a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 190/192 contra la sentencia de fs. 187/188, mediante la cual la Sra. jueza rechazó

la demanda, con fundamento en que a fs. 152 se dejó sin efecto la prueba pericial médica atento la renuencia de la parte actora a acreditar –en término- el diligenciamiento de oficio dirigido al Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (ver sentencia a fs. 188, segundo párrafo).

Que, en el recurso bajo análisis la parte actora actualiza la apelación formulada a fs. 154/155 –

concedida a fs. 166 en los términos del art. 110 de la L.O.-, respecto de la resolución de fs. 152.

Y CONSIDERANDO:

I- Que a los fines de dilucidar el planteo efectuado en autos corresponde revisar las constancias obrantes en la causa.

Que, a fs. 141, mediante resolución de fecha 12/12/13 se ordenó la realización de los estudios complementarios a través de hospital público y se intimó a la parte actora para que dentro del plazo de diez días confeccionara y acreditara el diligenciamiento del oficio de referencia, bajo apercibimiento de tenerla por desistida de la prueba pericial médica y renuente a la ofrecida por la parte demandada.

Dicha resolución fue notificada el día 04/02/14 según cédula obrante a fs. 150 y, conforme las constancias de autos –fs. 141 vta-, la parte actora retiro el oficio confrontado el día 6/3/2014.

Fecha de firma: 17/11/2017 Alta en sistema: 28/11/2017 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #19848627#193894965#20171117142327356 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Que, a fs. 151 la parte codemandada Encopress S.A.

solicitó se decrete la negligencia de la prueba de la parte actora respecto de la pericia médica.

Que, a fs. 152 mediante proveído de fecha 28/03/2014, la Sra. Juez tuvo a la parte actora por desistida de la pericial médica propia y renuente a la ofrecida por las demandadas, por no haber acreditado en término el diligenciamiento de oficio dirigido al Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

II- Que, el detalle efectuado precedentemente ha tenido por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR