Walter Abraham

Autos Nº 250.095. Juez Cuarto Juzgado Civil Dr. Osvaldo Cobo cita y emplaza a WALTER ABRAHAM, DNI 13998747 de domicilio ignorado acorde con las siguientes resoluciones: "...Mendoza, 29 de mayo de 2013. Vistos y considerando:... Resuelvo:

I- Tener a la Dra.

Adriana M. Antón; por presentada, parte y domiciliada.

II- Previo todo ulterior trámite, trábese embargo sobre los bienes susceptibles de tal medida, propiedad del ejecutado, hasta cubrir la suma de Pesos dos mil cien ($ 2.100), fijada provisoriamente para responder a capital (honorarios regulados a la actora), con más intereses y costas. I

II- Trabado que sea el embargo ordenado precedentemente, requiérase de pago a Walter Omar Arrigo Abraham, en su domicilio legal, por la suma de Pesos mil doscientos ($ 1.200), correspondiente a honorarios regulados en los Autos N° 115.181, con más la suma de Pesos trescientos cincuenta ($ 350), que se fija provisoriamente para accesorios legales, y cítaselo para defensa por el término de tres días, bajo apercibimiento de ley, corriéndosele traslado de la demanda interpuesta y haciéndosele saber de la traba del embargo. Cúmplase. Fdo. Dr. Osvaldo Daniel Cobo, Juez". "...Mendoza, 24 de julio de 2013. Vistos y considerando:... Resuelvo:

I- Ampliar el monto de la demanda en la suma de Pesos trescientos cuarenta ($ 340) y en consecuencia, modificar los dispositivos II y III del resolutivo de fs. 23, los que quedarán redactados como se expresa:

II- Previo todo ulterior trámite, trábese embargo sobre los bienes susceptibles de tal medida, propiedad del ejecutado, hasta cubrir la suma de Pesos dos mil novecientos ($ 2.900), fijada provisoriamente para responder a capital (honorarios regulados a la actora), con más intereses y costas. I

II- Trabado que sea el embargo ordenado precedentemente, requiérase de pago a Walter Omar Arrigo Abraham, en su domicilio legal, por la suma de Mil doscientos ($ 1.540), correspondiente a honorarios regulados en los Autos N° 115.181, con más la suma de Pesos trescientos cincuenta ($ 660), que se fija provisoriamente para accesorios legales, y cítaselo para defensa por el término de tres días, bajo apercibimiento de ley, corriéndosele...

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