Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 20 de Octubre de 2016, expediente CAF 068599/2015/CA001

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA I Causa nº 68599/2015, “WALT-MART ARGENTINA SRL c/ DNCI s/LEALTAD COMERCIAL -

LEY 22802 - ART 22”; Buenos Aires, 20 de octubre de 2016.- SR VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que la firma actora interpuso un recurso directo ante esta cámara contra la resolución 464/2015 de la Secretaría de Comercio, por medio de la cual se le impuso una multa de $100.000, y solicitó que se le concediera “una medida cautelar suspensiva de los efectos de la Resolución hasta tanto se resuelva el Recurso”.

    Manifestó que había interpuesto “un recurso directo en análogos términos ante la Secretaría en el expediente EXP-S01:

    0091640/2015” y que, no obstante, presentó el recurso directo en la cámara “ante la práctica de la Secretaría de denegar los recursos directos de Wal-Mart por falta de pago previo de la multa”.

    Con posterioridad, informó que cuando presentó el recurso directo para impugnar la disposición (cuya copia agregó a fs.

    65/84 del expediente judicial), “si bien individualizó perfectamente la Disposición e incluso en el cuerpo del escrito hizo referencia al expediente S01:0091640/2015, se consignó por error material el número de otras actuaciones en la referencia de aquella pieza (a saber, el expediente S01:0119330/2015)”.

    Por tanto, sostuvo que obraban en el expediente “las constancias de ambas actuaciones, así como de la interposición en tiempo y forma del Recurso Directo contra la Disposición” y solicitó

    que se resolviera su pretensión.

  2. Que esta sala solicitó la remisión de los expedientes administrativos EXP-S01: 0091640/2015 y S01: 0119330/2015 y corrió traslado de lo expuesto en el considerando precedente a la parte demandada, bajo apercibimiento de tener por ciertas las alegaciones de la firma actora.

    Fecha de firma: 20/10/2016 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #27768947#163633605#20161021091427222 Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

    CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA I Causa nº 68599/2015, “WALT-MART ARGENTINA SRL c/ DNCI s/LEALTAD COMERCIAL -

    LEY 22802 - ART 22”; En atención a que el organismo no contestó, se hizo efectivo el apercibimiento y se requirió el expediente S01:

    0091640/2015 a fin de resolver la pretensión de la firma...

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