Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 3 de Diciembre de 2015, expediente CAF 047998/2015/CA001

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I CAUSA Nº 47998/2015 WAL MART ARGENTINA SRL C/ DNCI S/ LEALTAD COMERCIAL LEY 22.802 Buenos Aires, 3 de diciembre del 2015.-

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la parte actora solicitó a fs.3/10 el dictado de una medida cautelar mediante la cual se ordene a la Secretaría de Comercio de la Nación la elevación del recurso directo interpuesto contra la disposición nº

    196/2015 y las actuaciones administrativas correspondiente, no obstante la falta de cumplimiento del pago previo de la multa exigido por el art. 22 de la ley 22.802.

  2. Que a fs. 88/90 vta. la actora informó que la Secretaría de Comercio rechazó el recurso directo interpuesto contra la disposición nº 196/2015, con fundamento en la falta del pago previo de la multa impuesta.

  3. Que este tribunal a fs. 91 entendió que la denegación del recurso directo aparecía prematura por cuanto “la Secretaría de Comercio se expidió sobre una cuestión que se encontraba a estudio en este tribunal —si bien desconocía dicha circunstancia—”.

    Allí se ordenó la remisión del expediente administrativo y la producción del informe previsto en el art. 4º de la ley 26.854.

  4. Que teniendo en cuenta que a fs. 110 se recepcionaron las actuaciones administrativas, el punto que corresponde abordar es la cuestión atinente a la inconstitucionalidad planteada por la actora del art. 22 de la ley 22.802 —reformado por la ley 26.993— a fin de dirimir el conflicto suscitado en estas actuaciones.

  5. Que dicho precepto legal dispone “El recurso deberá interponerse y fundarse ante la misma autoridad que impuso la sanción, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la resolución; la autoridad de aplicación deberá elevar el recurso con su contestación a la Cámara en un plazo de diez (10) días, acompañado del expediente en el que se hubiera dictado el acto Fecha de firma: 03/12/2015 Firmado por: DO PICO CLARA MARIA - FACIO RODOLFO EDUARDO - LIC. G.C.M., JUECES DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I CAUSA Nº 47998/2015 WAL MART ARGENTINA SRL C/ DNCI S/ LEALTAD COMERCIAL LEY 22.802 administrativo recurrido. En todos los casos, para interponer el recurso directo contra una resolución administrativa que imponga sanción de multa, deberá

    depositarse el monto de la multa impuesta a la orden de la autoridad que la dispuso, y presentar el comprobante del depósito con el escrito del recurso, sin cuyo requisito...

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