Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 21 de Junio de 2019, expediente CFP 000106/2019/CA001

Fecha de Resolución21 de Junio de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 106/2019/CA1 CCCF- Sala 2 CFP 106/2019/CA1 “W., W. s/ desestimación y ser querellante”

J.. Fed. N° 8 - Sec. N° 15 Buenos Aires, 21 de junio de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Que el expediente se elevó a conocimiento del Tribunal en virtud de la apelación interpuesta por el Dr. D.S.R. contra el decisorio glosado a fs. 17/23, a través del cual el Sr. Juez de grado desestimó la denuncia efectuada por W.W. y no hizo lugar al pedido de ser querellante formulado por éste.

Por otro lado, los Dres. N.F.F. y L.M.B.C., por la defensa de M.N.A., interpusieron recurso de apelación contra el decreto glosado a fs. 31.

II- Que las actuaciones se originaron en virtud de una presentación realizada por el propio W. ante la Secretaría General de ésta Cámara, en la cual denunció amenazas en su contra publicadas en Facebook por los usuarios P.W. y N. A..

Que el Sr. Juez de grado, siguiendo la postura asumida por el representante del Ministerio Público Fiscal a fs. 13/14, concluyó que los sucesos denunciados no constituyen delito alguno, rechazando en consecuencia el pedido de ser tenido por parte querellante.

III- Frente a los cuestionamientos de la defensa, esta Alzada no observa impedimentos respecto a la forma en que el Magistrado, en el marco de las facultades que le son propias y en observancia de los derechos que asisten a las partes, decidió darle trámite al remedio presentado por el Dr. Rubinska, de conformidad con las previsiones del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

IV- Superado ello, corresponde señalar que el criterio seguido por el Magistrado para negarle al denunciante el rol que pretende, contrasta con uno de los principios que emanan de la jurisprudencia de esta Alzada sobre la materia.

En tal sentido, debe recordarse que para decidir sobre la cuestión hay que estar a la hipótesis sostenida, pues habiéndose definido Fecha de firma: 21/06/2019 Alta en sistema: 24/06/2019 Firmado por: M.I., Juez de Cámara Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: L.V.L., Secretaria de Cámara #33059659#237754640#20190621122425313 los hechos por los que se pretende promover querella, el derecho a adquirir legitimación activa no puede depender ni de la demostración acabada de la existencia de ciertos acontecimientos, ni de su probabilidad más o menos próxima (Ver CFP 7.032/2018, Causa n° 41.796; Reg. n° 45.996, resuelta el 4 de septiembre...

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