Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 3 de Mayo de 2018, expediente CIV 033663/2017/CA001

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2018
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J 33663/2017 W, L E Y OTROS c/ R, F V s/ALIMENTOS PROVISORIOS Buenos Aires, 3 de mayo de 2018.-

AUTOS Y VISTOS:

  1. A los efectos de conocer la cuestión venida a conocimiento de esta Alzada, resulta necesario expedirse en primer término, sobre la procedencia del recurso de apelación.

    De las constancias de la causa se desprende que el valor comprometido en la cuestión incidental recurrida resulta inferior al establecido en el artículo 242 del CPCCN (texto según ley 26.536, sancionada el 28/10/2009; promulgada 25/11/2009 y publicada en el B.O. el 27/11/2009 y adecuado por la Acordada N° 16/2014 de la Corte Suprema de Justicia de La Nación, del 15/5/2014, y Acordada CSJN N° 45/2016, del 27 /12/2016).

  2. En mérito a lo expuesto deviene inoficioso expedirse sobre el acuse de caducidad de la segunda instancia impetrado.

    LO QUE ASI SE

    RESUELVE:

    . Con costas de alzada por su orden atento el modo en que se decide (art. 69 CPCCN).

    R., notifíquese por cédula por Secretaría y comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Acordada N° 15/13 art. 4°) y oportunamente devuélvase.-

    Se deja...

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