Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I, 22 de Octubre de 2020, expediente FCB 021230070/2003/CA001

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B

AUTOS: “VUCADINOVICH, D.R. c/ ESTADO NACIONAL -

PODER EJECUTIVO DE LA NACIÓN Y OTRO s/ AMPARO

LEY 16.986

En la Ciudad de Córdoba a veintidós días del mes de octubre del año dos mil veinte, reunida en Acuerdo la S. “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

VUCADINOVICH, D.R. c/ ESTADO NACIONAL - PODER

EJECUTIVO DE LA NACIÓN Y OTRO s/ AMPARO LEY 16.986

(Expte.

N° FCB 21230070/2003/CA1) , venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido en subsidio al de reposición, por el letrado apoderado de la co-demandada HSBC SEGUROS DE RETIRO

(ARGENTINA S.A.) -Dr. H.J.B.- en contra de la providencia dictada con fecha 03/08/2015 por el Sr. Juez Federal N° 2 de córdoba que en su parte pertinente dispuso acoger el planteo formulado por la parte actora y, en consecuencia: “... aplicar sobre los montos adeudados en autos, un interés ajustado a la tasa pasiva promedio mensual que publica el BCRA, debiendo proceder a la ampliación de la pericia contable pertinente una vez firme el presente proveído. N. personalmente o por cédula a cargo de la actora ...”.

Puestos los autos a resolución de la S. los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: L.R.

RUEDA – L.N. – ABEL G. SANCHEZ TORRES.

El señor Juez de Cámara, doctor L.R.R., dijo:

  1. Llegan las presentes actuaciones a estudio de este Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido a fs. 244/245

    en subsidio al de reposición, por el letrado apoderado de la co-demandada HSBC SEGUROS DE RETIRO (ARGENTINA S.A.) -Dr. H.J.B.- en contra de la providencia dictada con fecha 03/08/2015 por el Sr. Juez Federal N° 2 de córdoba (fs. 235) que en su parte pertinente Fecha de firma: 22/10/2020 dispuso acoger el planteo formulado por la parte actora y, en consecuencia:

    Alta en sistema: 23/10/2020

    Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: L.N., PRESIDENTA

    Firmado por: N.J.O.

    ... aplicar sobre los montos adeudados en autos, un interés ajustado a la tasa pasiva promedio mensual que publica el BCRA, debiendo proceder a la ampliación de la pericia contable pertinente una vez firme el presente proveído. N. personalmente o por cédula a cargo de la actora ...

    .

  2. La recurrente se agravia al considerar que lo resuelto por el magistrado de grado atenta contra el principio de seguridad jurídica, en tanto impone una actualización de la deuda aplicando una tasa de interés, siendo que ello no fue establecido por el pronunciamiento de fondo (20/03/2009), ni tampoco por el dictado por esta cámara al resolver el recurso de apelación (12/08/2011). A más de lo expuesto, afirma que la imposición de intereses a esta altura del proceso luce totalmente extemporánea y excede los términos en que quedó trabado el contradictorio, afectando su derecho de defensa, desde que no se trata de un rubro que la actora haya solicitado en forma expresa al deducir la acción, ni en ningún otro estadio del proceso, por lo que mal puede pretender incluir el tema en esta instancia de ejecución.

    En otro orden, sostiene que, desde el mes de enero de 2002 a la fecha de presentación del escrito, HSBC abonó a la actora la totalidad de las rentas con sujeción al procedimiento de convertibilidad establecido en la póliza, razón por la que no ha incurrido en incumplimiento alguno respecto de las obligaciones a su cargo. Por lo expuesto, solicita se revoque por contrario imperio el proveído impugnado.

    Hace reserva de caso federal.

    Corrido el traslado de ley, la parte actora contesta mediante escrito agregado a fs. 304/304vta. de autos, por el cual solicita el rechazo del recurso incoado con costas, y a cuya lectura remito en honor a la brevedad.

  3. Previo a ingresar al tratamiento del Fecha de firma: 22/10/2020

    Alta en sistema: 23/10/2020

    Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: L.N., PRESIDENTA

    Firmado por: N.J.O.

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B

    recurso incoado, corresponde efectuar una síntesis de lo hasta aquí

    acontecido.

    A saber, el presente incidente se inicia a raíz de la presentación formulada por la parte actora a fs. 223 de autos, en oportunidad en que se le corrió traslado de la planilla de ejecución incorporada a fs. 203/209vta. por la perito oficial -C.S.L.M.- a través de la cual solicita la aplicación de intereses desde que cada suma es adeudada y hasta su efectivo pago. Pone de manifiesto que, si bien la sentencia no ha establecido nada al respecto, por derecho corresponde que toda suma no abonada en tiempo y forma lleva intereses compensatorios, en este caso los de uso judicial en el ámbito de la Justicia Nacional. En virtud de lo expuesto, solicita se ordene la ampliación de la pericial contable para que se proceda a determinar los intereses desde que cada diferencia es debida y, subsidiariamente, para el supuesto en que no se haga lugar a tal pretensión, deja formalmente impugnada la planilla en cuestión.

    El HSBC en oportunidad de evacuar el traslado conferido (fs. 230), expresa “... en relación al pedido de la ACTORA de ampliación de la pericia respecto a la aplicación de intereses,

    vengo a manifestar que dejo al elevado criterio de S.S. la aplicación o no de los mismos. ...”.

    A fs. 235, el magistrado se pronuncia sobre la cuestión al dictar la providencia motivo de agravio ante esta Alzada. A

    través de la misma, resuelve hacer lugar al planteo efectuado por la parte actora y, en consecuencia, ordena la ampliación de la pericia contable, con fundamento en el precedente dictado por esta S. “B” en autos: “ BRAVO,

    M.R. c/ Previnter (Compañía de Seguros de Retiro S.a.) s/ Civil y Comercial Varios ” (Expte. 21020089/2003) y lo decidido por el mismo tribunal ante casos análogos, proveído éste objeto de recurso de reposición Fecha de firma: 22/10/2020

    Alta en sistema: 23/10/2020

    ...

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