Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 7 de Mayo de 2019, expediente CAF 057415/2016/CA001

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación 57.415/2016 VOTTA, R.V. Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Buenos Aires, 7 de mayo de 2019.- TAR Y VISTOS; CONSIDERANDO: I. Que las argumentaciones planteadas en los agravios esgrimidos, tanto respecto al fondo de la cuestión como a la imposición de costas dispuesta, son sustancialmente análogas a lo resuelto por esta S. el 27 de septiembre de 2016 en la causa nº 21.990/14, in re: “S., P.M. y otros c/ EN-Mº de Seguridad-PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg”. De tal modo, resultan de aplicación –en lo pertinente- los fundamentos allí

vertidos y la decisión allí adoptada, a los cuales cabe remitirse a fin de evitar innecesarias reiteraciones. II. Que, habida cuenta de que la sentencia apelada ha quedado firme y consentida respecto del plazo de prescripción aplicable -por no haber sido materia de agravios-, se aclara que al momento de la liquidación deberán tomarse los plazos indicados en la sentencia de grado. III. Que, finalmente, el artículo 16 del decreto 380/17 (BO 31/05/17) derogó los artículos 396 ter y 396 quater de la reglamentación de la ley 21.965, aprobada por el decreto 1866/83 y sus modificatorios, que habían sido instituidos mediante el decreto 2140/13.

En consecuencia, a partir de dicho momento la pretensión dirigida a obtener la liquidación de dichos suplementos dentro del haber mensual como remunerativos y bonificables ha devenido abstracta.

Se debe señalar, sin embargo, que ello no impide admitir la pretensión desde la entrada en vigencia del decreto 2140/13 y hasta su derogación por el decreto 380/17, declarando el derecho de los actores al pago retroactivo de las diferencias salariales originadas por la incorrecta liquidación de los suplementos que son...

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