Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 3 de Mayo de 2016

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2016
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita203/16
Número de SAIJ16090117
Número de CUIJ21 - 510437 - 5

VIVAS, J. Y OTROS -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS: VIVAS, J. Y OTROS s/ DAÃ'OS Y AMENAZAS COACTIVAS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 203/16 Nº Saij: 16090117 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 268 Pág. de inicio: 167 Pág. de fin: 168 Fecha del fallo: 03/05/2016 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.R.F.G.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > INADMISIBILIDAD Tesauro > HABEAS CORPUS CONSTITUCIONAL - PENAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. INADMISIBILIDAD. HABEAS CORPUS.

IMPROCEDENCIA El recurso no ha de prosperar, por cuanto la acción de habeas corpus es un remedio expedito y urgente para evitar una amenaza actual a la libertad ambulatoria, el mantenimiento ilegítimo de una privación de la libertad o una agravación ilegítima de las formas y condiciones en que se cumple la privación de libertad legalmente dispuesta; y no se ha presentado en el caso ninguno de los supuestos descriptos, toda vez que las presentantes afectadas por la detención recuperaron la libertad antes de la interposición del recurso y en este contexto la vía escogida no es idónea para verificar la legalidad o no de la detención que podría desarrollarse por otros recursos procesales eficaces en el proceso pertinente.

Texto del fallo Reg.: A y S t 268 p 167/168.

Rosario, 3 de mayo del año 2.016.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa del imputado contra la resolución del 14 de agosto de 2015 dictada por el Tribunal Unipersonal del Colegio de Jueces de Apelación de esta ciudad, en autos caratulados "VIVAS, J. Y OTROS -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS: 'VIVAS, JESUS Y OTROS S/ DAÑOS Y AMENAZAS COACTIVAS'-(CUIJ 21-7004787-7) sobre QUEJA POR DENEGACIÓN DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD" (Expte.

C.S.J. CUIJ N°: 21-00510437-5); y, CONSIDERANDO:

  1. Por decisión del 14 de agosto de 2015, el Tribunal Unipersonal del Colegio de Jueces de Apelación de esta ciudad confirmó el rechazo del hábeas corpus oportunamente presentado (f.

    15).

  2. Contra dicho auto los presentantes interponen recurso de inconstitucionalidad (f. 17).

    Señalan que la resolución cuestionada vulneró el derecho a un recurso judicial rápido y eficaz, como medio de determinar el paradero de las personas privadas de libertad o su estado de salud o de individualizar a la autoridad que ordenó la privación de la libertad o la hizo efectiva.

    De esta manera...

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