Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Secretaria General 1, 4 de Mayo de 2017, expediente CIV 085040/2016

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2017
EmisorCamara Civil - Secretaria General 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SECRETARIA GENERAL 1 85040/2016 VIVALDI, E.H. s/SUCESION AB-INTESTATO Buenos Aires, de mayo de 2017.MIS AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal de Superintendencia con motivo de la contienda negativa de competencia suscitada entre los Juzgados Civiles n° 93 y 20.

Los peticionantes promueven el proceso sucesorio de su padre, E.H.V.. Denuncian como bien integrante del acervo hereditario el inmueble ubicado en la calle Paraguay 4242, del piso 4°, UF: 14, de la Ciudad de Buenos Aires.

La Sra. Juez a cargo del Juzgado Civil n° 93 ordenó

remitir los autos al Juzgado Civil n° 20, para su acumulación por razones de conexidad con el proceso sucesorio de la cónyuge del causante (expte. n° 1624/1997) caratulado “M.L. de L. s/ sucesión ab-intestato”.

Tal temperamento no fue aceptado por la Sra.

Magistrada titular del Juzgado Civil n° 20 por los fundamentos vertidos a fs. 27.

Planteada en estos términos la contienda, se señala que la acumulación de las denominadas sucesiones vinculadas, al margen de lo dispuesto por el art. 696 del Código Procesal Civil y Comercial, resulta procedente cuando existe identidad de herederos y de masa hereditaria o cuando medien razones de economía procesal que así lo aconsejen, si existiesen diligencias pendientes en ambas sucesiones que, dados los extremos citados resulte conveniente realizarlas en conjunto, a fin de evitar dispendio en la actividad jurisdiccional.

En este sentido, se ha resuelto que la acumulación de sucesiones procede a pesar de que no opera el fuero de atracción respecto de otros juicios universales, cuando exista conexidad entre ellas, ya sea por referirse el nuevo juicio a los mismos herederos, o cuando se transmite un acervo hereditario común, o – como en la especie -cuando la segunda sucesión es abierta con Fecha de firma: 04/05/2017 Firmado por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR