Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 20 de Abril de 2023, expediente CIV 096348/2013/CA005

Fecha de Resolución20 de Abril de 2023
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L

96348/2013

V, R U Y OTRO c/ TRANSPORTE SILVESTRE S.R.L. Y

OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O

MUERTE)

Buenos Aires, 20 de abril de 2023.- M

AUTOS; Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

  1. Las presentes actuaciones fueron elevadas al Tribunal a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por el Dr. S

    A A, por su propio derecho, contra la resolución del 8 de marzo de 2023 mediante la cual el juez de grado rechazó el planteo de inconstitucionalidad formulado en torno del art. 730

    del Código Civil y Comercial. El memorial fue incorporado el 21 de marzo de 2023 y respondido el 4 de abril de 2023. El Sr.

    Fiscal de Cámara dictaminó el 19 de abril de 2023.

  2. El colega de primera instancia desestimó el planteo de inconstitucionalidad formulado respecto del art. 730 del Código Civil y Comercial. Al mismo tiempo, ordenó a la condenada en costas -Segurcoop Cooperativa de Seguros Limitada- practicar un nuevo cálculo de prorrateo según las pautas que indicó.-

    En ese marco, sin que esto implique adelantar opinión sobre la constitucionalidad o no de la norma cuestionada,

    teniendo en cuenta que se ordenó practicar un nuevo prorrateo, resulta prematuro que la Sala se pronuncie la procedencia de los agravios traídos a su conocimiento.-

  3. En síntesis, por las razones expresadas, el Tribunal RESUELVE:

    D. el tratamiento de la apelación deducida hasta que se aprueben los nuevos cálculos de prorrateo que deberá practicar la citada en garantía.

    Regístrese, notifíquese conforme con las Acordadas 31/11

    y 38/13 de la CSJN a los interesados y al Sr. Fiscal de Cámara, póngase en conocimiento del Centro de Información Judicial en la forma de práctica y oportunamente devuélvanse.

    Fecha de firma: 20/04/2023

    Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.J.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Se deja constancia de que la vocalía N° 34 se encuentra vacante.-

    GABRIELA A. ITURBIDE MARCELA PÉREZ PARDO

    Fecha de firma: 20/04/2023

    Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.J.P., SECRETARIO DE CAMARA

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