Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 23 de Junio de 1999, expediente L 64304

PonenteJuez SALAS (SD)
PresidenteSalas-Pisano-Pettigiani-de Lázzari-Hitters
Fecha de Resolución23 de Junio de 1999
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 23 de junio de 1999, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Salas, P., P., de L., Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 64.304, “V., R. contra Siderca S.A.I.C. Indemnización arts. 212 ó 245, L.C.T.”.

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo de Zárate dispuso el progreso de la demanda promovida por R.V. contra Siderca S.A. con sustento en la ley de accidentes del trabajo (incapacidad derivada de artrosis); en el derecho común (incapacidad derivada de hipoacusia bilateral e insuficiencia respiratoria) y resarcimiento por extinción del contrato de trabajo por incapacidad absoluta (art. 212, L.C.T.). Con costas a la parte demandada.

La parte demandada interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorS. dijo:

  1. El tribunal del trabajo que intervino en este juicio dispuso el progreso de los reclamos indemnizatorios formulados en la demanda con sustento en la ley de accidentes del trabajo (incapacidad derivada de artrosis); en el derecho común (incapacidad derivada de hipoacusia bilateral e insuficiencia respiratoria) y resarcimiento por extinción del contrato de trabajo por incapacidad absoluta (art. 212, L.C.T.).

  2. En el recurso extraordinario deducido se denuncia la violación de los arts. 45 inc. “e” del dec. ley 7718 t.o. dec. 4444/94 (hoy ley 11.653); 1 y 22 de la ley 9688; 21, 245, 276 y 277 de la ley de Contrato de Trabajo modificado por ley 24.432; 17 de la ley 24.028; 23 del dec. ley 8904/77; 181, 215, 218 y 219 de la ley 10.620 y 14 y 17 de la Constitución nacional.

  3. El recurso, en mi opinión, debe prosperar parcialmente.

    1. Se agravia la parte demandada porque en el pronunciamiento de origen se hizo lugar al reclamo de indemnización por la incapacidad padecida por V. derivada de artrosis. En apoyo de su postura, afirma el apelante que el dictamen médico de la causa en cuanto sostiene que los microtraumatismos (esfuerzos y posiciones viciosas) a que estuvo expuesto el...

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