Virrey Olaguer S.R.L. S/ Quiebra
Fecha de disposición | 21 Junio 2007 |
Fecha de publicación | 21 Junio 2007 |
Sección | Cuarta Sección - Judiciales |
Número de Gaceta | 31180 |
871 y 872), con más las inhabilitaciones establecidas por el Art. 876, incisos 'e', por el tiempo de condena, 'f' y 'h', en concordancia con el art. 1.026 inc. b), sin perjuicio de las que correspondan en sede aduanera.2º).- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 4 de Enero de 2.011, y diez días para el pago de las costas del juicio.3º).- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.4º).- REMITIR a Fortunata INOCENTE TOLENTINO al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.5º).- NOTIFICAR la sentencia en el lugar de detención, bajo acta con entrega de fotocopia.6º).- MANDANDO que por Secretaria se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. --Hugo Marcelo Savio, juez de cámara subrogante. -- René Vicente Casas, juez de cámara. -- Carlos Rolando Massaccesi, juez de cámara. -- Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 08/06/2007 Nº 547.877 v. 22/06/2007 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy por unanimidad:
FALLA:
Primero: CONDENANDO a MARTHA GUEVARA HIDALGO, a la pena DE CUATRO AÑOS Y OCHO MESES DE PRISION, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el mismo tiempo de la condena, inhabilitación absoluta por el doble tiempo de la condena, para desempeñarse como funcionaria o empleada pública, e inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad, funcionaria o empleada aduanera, o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderada de cualquiera de estos tres últimos, por encontrarla autora responsable del delito de Contrabando de Estupefacientes de Estupefacientes, agravado por el inequívoco destino de comercialización, previsto y penado por el artículo 866 segundo párrafo, en función del artículo 864 inciso 'D', y artículo 876 incisos 'E', 'F' y 'H' del Código Aduanero (Ley 22.415), sin perjuicio de las demás sanciones que procedan en sede aduanera (Artículos 876 y 1026 inciso 'B' del Código Aduanero. Con costas. Remitiendola al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo.
Segundo: COMPUTO DE LA PENA: FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 10 de Mayo del año dos mil once, y diez días para el pago de las costas del Juicio.
Tercero: ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el 18 de Abril de 2007 a horas 12.00, en la sede de este Tribunal (Artículo 400 del CPPN).
Quinto: MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- Simón José Cabezas Hametti. -- Carlos Rolando Massaccesi. -René Vicente Casas. -- Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 08/06/2007 N° 547.875 v. 22/06/2007 FALLA:
-
CONDENAR a Roberto ANTONIO TOMAS, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de PRISIÓN y MULTA de pesos doscientos veinticinco ($ 225), con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, art. 12 del código penal; por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba