Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 5 de Noviembre de 2021, expediente CNT 002402/2019/CA001

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

- SALA VII

CAUSA Nº 2402/2019

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 56929

CAUSA Nº 2402/2019 - SALA VII - JUZGADO Nº 1

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 5 días del mes de noviembre de 2021,

para dictar sentencia en los autos: “VIROULAUD, V.D. C/

FEDERAL SERVICE S.R.L. S/ DESPIDO”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA P.S.R. DIJO:

  1. La sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la demanda en lo sustancial, llega cuestionada por la accionada, a tenor del memorial digitalizado en el estado de actuaciones del sistema LEX100, con oportuna réplica de la contraria.

    Asimismo, el perito contador apela los honorarios que le fueran regulados, por estimar los reducidos.

  2. Cuestiona la accionada la admisión en grado de la indemnización prevista en el art. 245 de la L.C.T. Se queja porque la Sra.

    Juez a quo consideró configurado un despido sin justa causa, pese a que,

    según sostiene, la extrema crisis económica por la que atravesó el país desde 2016 -de público y notorio conocimiento- y que impidió el financiamiento de pequeñas y medianas empresas, acredita suficientemente la situación prevista en el art. 247 de la L.C.T., por lo que resulta sobreabundante exigir otro tipo de prueba.

    Pues bien, así planteado el recurso, anticipo que, desde mi punto de vista y luego de un minucioso análisis de los términos de la traba de la litis, así como de los fundamentos de la sentencia y de los agravios expresados, la queja formulada en este punto no puede prosperar.

    Digo esto porque, en mi apreciación, la argumentación vertida en el memorial de agravios luce vaga, genérica e imprecisa y no controvierte los fundamentos ni la valoración probatoria que llevó a cabo la Juez de la anterior instancia para resolver del modo en que lo hizo, por lo que no se advierte que el planteo expuesto satisfaga los requisitos mínimos que establece el art. 116 de la L.O.

    Es que la apelante no se hace cargo de ninguna de las apreciaciones vertidas en la sentencia en crisis, en la que la Magistrada de grado merituó que la ahora recurrente ni siquiera ofreció prueba testimonial tendiente a acreditar los extremos que invocara en la comunicación del despido del actor, como así también que del peritaje contable no surgía el Fecha de firma: 05/11/2021

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.B.Q., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: P.S.R., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

    - SALA VII

    CAUSA Nº 2402/2019

    volumen de facturación de la empresa por servicios entre octubre 2016 y julio 2018, a lo que agregó que la accionada tampoco había demostrado que respetó el orden de antigüedad exigido por el invocado art. 247 de la L.C.T.,

    ni haber adoptado otras medidas concretas, previas y diferentes al despido del personal, con el objeto de superar la crisis. Frente a ello, el recurrente se limita a expresar meras manifestaciones dogmáticas acerca de la situación de crisis económica del país, sin puntualizar los elementos de la causa que autorizarían a tener por configurada la situación prevista en el citado art. 247

    de la L.C.T.

    Cabe señalar, a esta altura, que pesa sobre el empleador la carga de la prueba de los presupuestos constitutivos de su pretensión de exención total o parcial (cfr. art. 377, C.P.C.C.N.), los cuales, en el caso de la normativa bajo análisis -art. 247, L.C.T.-, consisten en la acreditación de: a)

    la existencia de una falta o disminución de trabajo que por su gravedad no consienta la prosecución del vínculo; b) que la situación no le es imputable;

    1. que se respetó el orden de antigüedad; d) la perdurabilidad de la situación y e) la adopción de medidas concretas, tendientes a paliar la crisis que supuestamente lo aflige, todo...

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