Sentencia nº AyS 1992-II, 28 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 5 de Mayo de 1992, expediente L 48540

PonenteJuez VIVANCO (SD)
PresidenteVivanco - Salas - Laborde - Mercader - Rodriguez Villar
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 1992
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

En la ciudad de La Plata, a 5 de mayo 1992, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores V., S., L., M., R.V., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 48.540, “V., D.H. contra IN.TRA. S.A. Despido”.

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal de Trabajo nº 1 de Avellaneda hizo lugar parcialmente a la demanda promovida; con costas por su orden.

La parte actora dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorV. dijo:

  1. El Tribunal de origen rechazó en lo que interesa la demanda por cobro de indemnizaciones por preaviso y antigüedad, francos compensatorios no gozados y haberes por exceso de la jornada de trabajo.

  2. La parte actora dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en el que denuncia absurdo y violación de los arts. 44 inc. “e” del dec. ley 7718/71; 375 y 384 del Código Procesal Civil y Comercial; 57, 196, 201, 207, 234, 243 y 245 de la ley de Contrato de Trabajo.

    Aduce el recurrente que el fallo impugnado transgrede el art. 57 de la ley de Contrato de Trabajo porque efectuada la intimación por el actor y no contestada por el empleador, surge una presunción en contra de éste que produce la inversión de la carga de la prueba.

    Sostiene también el apelante que se violó el art. 245 de la ley de Contrato de Trabajo en tanto se estimó en forma errónea la mejor remuneración del actor.

    Resultan alega el quejoso viciadas de absurdo las conclusiones del a quo en orden al rechazo de los rubros indemnizatorios por despido y haberes por horas extra en tanto al apreciar la prueba arrimada, desconoció la testimonial y pericial contable e interpretó erróneamente los reconocimientos del demandado formulados en el escrito de responde.

  3. El recurso no puede prosperar.

    1. Efectivamente, el tribunal de origen estableció que V. no sólo no pudo probar el despido verbal ni la negativa de tareas por parte del empleador sino que además no es de aplicación el art. 57 de la ley de Contrato de Trabajo porque no intimó el cumplimiento de las obligaciones que sostiene...

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