VILLARROEL, OSCAR c/ AVALOS, ROBERTO s/REPETICION

Fecha03 Abril 2017
Número de expedienteCIV 101724/2013/CA001
Número de registro172014177

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K Expediente N° 101724/2013.

V., O. c/A., R. s/ repetición

.

Juzgado N° 1.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los días del mes de abril de 2017, hallándose reunidos los Señores Vocales de la Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, a fin de dictar sentencia en los autos “V., Oscar c/

Avalos, R. s/ repetición” y habiendo acordado seguir en la deliberación y el orden de sorteo de estudio el Dr. A. dijo:

  1. Vienen estos autos a este Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de Primera Instancia dictada a fs. 140/43, expresando agravios la demandada en la memoria de fs. 159/63, cuyo traslado fuera contestado a fs.166/67.

Antecedentes

O.V. promovió la presente demanda de repetición contra R.A., alegando haber afianzado las obligaciones que éste último contrajo como locatario frente a la locadora Al SUR S.A. respecto del inmueble sito en la calle D.Á.N.° 201 esquina B.N.° 1681 UF 2 de esta ciudad, objeto del contrato de locación celebrado con fecha 10 de febrero del año 2010.

Adujo que el demandado no abonó los alquileres, por lo que la locadora A.S.S.A. inició el correspondiente juicio de desalojo por falta de pago (Expte. N°

44.379/2011) contra el locatario y contra su parte en carácter de fiador; promoviendo, asimismo, la ejecución de alquileres (Expte. N° 42.217/2011), ambas causas en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 1, Secretaría Única.

Señaló que a fin de satisfacer el reclamo de A.S.S.A., arribó con ésta última a un acuerdo en sede judicial con fecha 22/4/13, cuya copia se acompaña, acordándose el monto de la deuda derivada de ambos juicios en la suma de $72.000 ($60.800 por liquidación adeudada, $11.000 por honorarios Dra. Iantorno y Fecha de firma: 03/04/2017 Alta en sistema: 03/05/2017 Firmado por: JUECES DE CAMARA, Firmado por: O.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.B.H., JUEZ DE CAMARA #16432157#172014177#20170404130504365 $200 por honorarios de la mediadora, Dra. M., dando por concluidos los dos procesos.

Solicitó el reintegro de dichas sumas, más la cantidad de $700 por gastos realizados para obtener el levantamiento del embargo trabado sobre su propiedad con motivo del reclamo de Al SUR S.A. contra A..

El demandado negó los hechos esgrimidos y solicitó el rechazo de la acción, con costas.

Señaló que con fecha 10 de febrero del año 2010 se celebró un contrato de alquiler respecto del bien sito en la Av. D.Á.N.° 201 con el objeto de establecer una cafetería restaurant, siendo los Sres. V. y A. socios de hecho en dicho emprendimiento, asumiendo el aquí actor el carácter de fiador y A. de locatario.

Manifestó que no fue posible habilitar dicho local por lo que resolvieron rescindir el contrato unilateralmente remitiendo carta documento con fecha 31 de agosto de 2010. Destacó que todos los gastos emergentes de la locación e instalación del comercio debían ser soportados en partes iguales, por lo que no puede el Sr.

  1. eximirse en forma absoluta de cualquier deuda que pudiese haber existido con motivo de aquel emprendimiento.

    Agregó que el acuerdo alcanzado por A.S.S.A. y O.V. no le es oponible ya que no ha sido parte del mismo y fue celebrado en el marco de un proceso (“V.O. c/ Al Sur SA s/ Daños y perjuicios” N° 82.429/2012), en el que no fue parte y en una audiencia a la que no se lo convocó, siendo que ninguna deuda había sido reconocida por el Sr. A. ni estaba trabada la litis en el juicio por ejecución de alquileres.

    Señaló que la suma de $60.800 aquí reclamada supera el monto pretendido por AL SUR S.A. e incluso los intereses y honorarios previstos provisoriamente, lo que hace sospechar la existencia de una connivencia entre los firmantes del acuerdo, endilgándole a su parte una deuda exorbitante e injustificada.

    Destacó que el monto pactado jamás ingresó a la cuenta de la firma mencionada, como asimismo, que tampoco resulta legalmente admisible el pago de las cuotas convenidas en dinero en efectivo, en tanto debieron ser hechas con intervención bancaria.

    Fecha de firma: 03/04/2017 Alta en sistema: 03/05/2017 Firmado por: JUECES DE CAMARA, Firmado por: O.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.B.H., JUEZ DE CAMARA #16432157#172014177#20170404130504365 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K

  2. La sentencia.

    El Sr. juez de grado hizo lugar a la demanda, condenando al accionado a pagar al actor las sumas que le eran también a él reclamadas en el juicio por cobro de alquileres y las costas de ese proceso y del iniciado por desalojo, hasta la concurrencia de las sumas que surjan de la liquidación que deberá practicarse oportunamente y hasta el tope determinado por el monto efectivamente abonado por el actor en su carácter de fiador del contrato de locación suscripto por el demandado con la firma Al SUR S.A.

    Fijó intereses a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde que cada pago fue hecho por el actor en este proceso y hasta el efectivo pago por el deudor, con el límite ya indicado, determinado por lo pagado por V. a A.S.S.A. y a la abogada, Dra. I..

    Impuso las costas del proceso al demandado y ordenó, asimismo, librar oficio a la AFIP, a fin que, de considerarlo necesario o pertinente desde el punto de vista de los intereses fiscales, evalúe si los pagos en efectivo hechos por el actor según lo determinado por el perito contador...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR