Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 3 de Marzo de 2004, expediente AC 90207

Presidentede Lázzari-Negri-Roncoroni-Soria-Hitters
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2004
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 90.207 "V., E. L. c/ C., A. V. Inc. causa civ. y com.".

//Plata, 03 de marzo de 2004.

AUTOS Y VISTO:

El señor E.L.V. reclama rendición de cuentas del destino que tienen los fondos aportados mediante la cuota alimentaria a favor de sus hijas menores, fijada en la sentencia dictada en el juicio de divorcio que tramitó ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 7 de Mar del Plata.

En atención a los términos de la demanda, y sin perjuicio de lo establecido en el art. 827 inc. "m" del Código Procesal Civil y Comercial, debe entender en la causa el Juez que intervino en el mencionado juicio de divorcio, en tanto fue éste quien homologó el acuerdo sobre los alimentos sellando jurisdiccionalmente a través de una sentencia homologatoria el litigio existente entre las partes.

Al resultar la pretensión sobre la rendición de cuentas -que motiva el presente conflicto de competencia- una contienda erigida en...

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