Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 1 de Julio de 2020, expediente CNT 040697/2017/CA001

Fecha de Resolución 1 de Julio de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

CAUSA Nº 40697/2017

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 55319

CAUSA Nº 40.697/2017 - SALA VII - JUZGADO Nº 72

En la ciudad de Buenos Aires, al 1er día del mes de julio de 2020 para dictar sentencia en los autos : “VILLAR CLAUDIO GABRIEL C/ GALENO ART

S.A. S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA G.L.C. DIJO:

I.- La sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo impetrado con fundamento en las disposiciones de la Ley de Riesgos del Trabajo, llega apelada por la parte actora, a tenor de los agravios que expresa a fs. 155/158vta. y que no ha merecido réplica.-

Su planteo también incluye cuestionamiento de costas y honorarios.-

II.- En líneas generales el apelante dice agraviarse de la conclusión a la que arribó al “a-quo” al juzgar que no se ha acreditado el presupuesto básico de la acción, esto es, la disminución de la capacidad laborativa reclamada con relación al accidente y las tareas que habrían dado lugar a la incapacidad encontrada por el perito médico.-

Asimismo actualiza el recurso que interpusiera contra el auto que ordenó la clausura de la instancia probatoria solicitando se provea la prueba pericial técnica que ofreciera.-

A mi juicio en el fallo se han analizado adecuadamente todos los elementos fácticos y jurídicos que rodearon a la causa y no veo en el escrito de recurso datos o argumentos que resulten eficaces para revertir sus conclusiones.

Muy por el contrario, su exposición lejos se encuentra de constituir una genuina expresión de agravios en los términos que impone el art.

116 de la Ley 18.345.-

En efecto, sólo manifiesta disconformidad con lo resuelto por la circunstancia de resultarle adverso. Me explico: genéricamente arguye que no estaba obligado a denunciar todas las patologías ante la ART, y de hecho recién lo realizó en la actuación ante el SECLO, por lo que pide se revoque el fallo y se haga lugar a las prestaciones reclamadas.-

Lo mismo ocurre cuando afirma que sí solicitó oportunamente la producción de las pruebas para acreditar las tareas y las dolencias, que fueran bien descriptas en el escrito de demanda.-

Sin embargo no termina de indicar concretamente el interés del recurso. Solicita se realice la pericial técnica sin especificar qué se acreditaría Fecha de firma: 01/07/2020 con su producción, no dice cuál o cuáles son las dolencias que subsisten como Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.H.K., SECRETARIO

Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

CAUSA Nº 40697/2017

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII

consecuencia del accidente, ni qué tareas fueron las que le provocaron su incapacidad. Menos en qué porcentaje y cuál sería el monto que pretende en esta alzada en concepto de prestaciones dinerarias, con lo que el escrito de recurso no es mas que...

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