Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 16 de Mayo de 2017, expediente FSM 047385/2016/CA001

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 47385/2016/CA1, “VILLALVA, A. c/ ESTADO NACIONAL - AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO s/MEDIDA CAUTELAR” – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N°2, Secretaria Nº3 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I -

INTERLOCUTORIO M., de mayo de 2017.

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud de la contienda negativa de competencia trabada entre la Sra. juez a cargo del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 y el magistrado titular del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1, ambos de esta ciudad, suscitada por la inhibición de la primera que no fue aceptada por el segundo.

  2. Cabe recordar, que el “forum conexitatis” estatuido por el Art. 6 del CPCC posibilita la sustanciación ante un mismo magistrado de causas relacionadas entre sí y su aplicación constituye una causal de excepción a las reglas generales que determinan la competencia contenida en dicho código, que importa admitir el desplazamiento de un juicio a favor de otro juez, con fundamento en la conveniencia de concentrar en un solo tribunal todas las acciones que se hallen vinculadas por la misma relación jurídica (Fallos: 328:3903; 329:3925).

    Con ello se busca, más que la proximidad del 1 Fecha de firma: 16/05/2017 Alta en sistema: 17/05/2017 Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.A., SECRETARIO DE CÁMARA #28798051#177427436#20170516141948874 material probatorio, la persistencia de un mismo criterio en cuestiones vinculadas, que tiene origen en los mismos hechos (Cfr. F., E.M., Código Procesal, T°I Pág. 205).

  3. En la especie, el actor solicitó el dictado de una medida cautelar de no innovar o prohibición de contratar con el objeto de que se prohíba a la Administración Nacional de bienes del Estado (A.A.B.E.) cualquier acto de disposición (venta, permuta, cesión, donación, etc.) respecto del inmueble sito en la Av. B.J.M. de Rosas N°6420/36, de la localidad de I.C., Partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires (Registro Catastral: Circunscripción VII - Sección G - Quinta 11– Manzana11D - Parcela13).

    Por otra parte, de las copias certificadas acollaradas a las presentes actuaciones surge que, en la causa FSM 12067522/2012, se ordenó el 15/07/2014 el lanzamiento de los demandados y de cualquier otro...

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