Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 21 de Diciembre de 2016, expediente CNT 051511/2011/CA001

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X SENT.DEF. EXPTE. Nº: 51.511/2011/CA1 (38.701)

JUZGADO Nº: 58 SALA X AUTOS “V.G.N. C/ INSTITUTO ROSENBUSCH S.A. DE BIOLOGIA EXPERIMENTAL AGROPECUARIA S/ DESPIDO”

Buenos Aires, 21/12/2016 El Dr. DANIEL E. STORTINI dijo:

I.V. estos autos a la alzada con motivo de los agravios que contra la sentencia de fs. 215/219 (copia legible a fs. 243/246) formula la actora a fs.223/233, sin merecer réplica adversaria. También apela a fs. 234 el perito contador por estimar bajos los honorarios regulados a su favor.

  1. La magistrada que precede rechazó la acción en reclamo de las indemnizaciones por despido ejercida por la actora al estimar no configurados los incumplimientos contractuales que invocó como causal de injuria al darse por despedida. La decisión motiva la queja de la actora recurrente quien pese a la enjundia evidenciada al apelar, no logra conmover los fundamentos de la sentencia recurrida del modo exigido en el art. 116 de la LO.

    Llega firme a esta instancia (por ausencia de apelación y agravios) que en fecha 4/04/2011 la actora, quien desempeñaba como personal fuera de convenio como jefa a cargo del área de diagnósticos del instituto de tecnología agropecuaria de la demandada, se consideró despedida a tenor de Fecha de firma: 21/12/2016 Firmado por: E.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA #19966008#169519420#20161221111322655 una comunicación en la invocó como hechos injuriosos (arts. 242 y 246 LCT):

    1. la negativa de tareas que se había producido ese mismo día; b) la falta de favorable respuesta a la intimación previa que había formulado en reclamo de la readecuación del salario que percibía desde noviembre de 2008 con motivo de los aumentos salariales que habían sido otorgados al personal subalterno en cumplimiento de las paritarias en el marco del convenio colectivo de trabajo de la actividad y por el incremento del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM)

    y c) la falta de otorgamiento del pretendido reembolso por el cambio intempestivo de la fecha de las vacaciones del año 2009 que atribuyó a una decisión unilateral de la empleadora cuando ya había adquirido los pasajes cuyo monto reclama. Resulta asimismo indiscutido que, de los diversos hechos invocados como injuria laboral en la comunicación de ruptura sólo resultó probada la falta de actualización de haberes y diferencias salariales...

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