Accidente de trabajo. Art. 1113 CC. Vigilador víctima de asalto a mano armada

SD 41301 EXPTE. 20.722/2005

Callapa, Luis Pablo c/ Organización Centauro Servicios de Prevención y Vigilancia Privada S.A. y otro s/ accidente - acción civil

CNTRAB - SALA VII - 24/10/2008

En la ciudad de Buenos Aires, a los 24 días del mes de octubre de 2008, para dictar sentencia en los autos: "CALLAPA, LUIS PABLO C/ ORGANIZACIÓN CENTAURO SERVICIOS DE PREVENCION Y VIGILANCIA PRIVADA S.A. Y OTRO S/ ACCIDENTE - ACCIÓN CIVIL", se procede a votar en el siguiente orden: LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. En este juicio se presenta el actor e inicia demanda contra "ORGANIZACIÓN CENTAURO SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y VIGILANCIA PRIVADA S.A." y contra "LIBERTY A.R.T. S.A." en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedor.//-

    Señala que se desempeñó en relación de dependencia con la primera, que es una empresa dedicada a la provisión de seguridad privada a empresas y particulares, realizando tareas de vigilador en objetivos que le eran asignados por aquélla. Aclara que el lugar asignado, en la época de los hechos objeto de autos era la línea ferroviaria explotada por "T.B.A."

    Explica que en cumplimiento débito laboral, el día 25 de octubre de 2003 resulta víctima de un asalto a mano armada, en circunstancias que detalla y que le produjo en su salud las secuelas que describe.-

    Pretende un resarcimiento integral con fundamento en las disposiciones del Código Civil por lo que plantea la inconstitucionalidad del art. 39 de la Ley de Riesgos del Trabajo, entre otras normas que integran dicho cuerpo normativo.-

    Finalmente entiende que la aseguradora demandada, debe responder en forma solidaria.-

    A fs. 324/340 responde "LIBERTY A.R.T. S.A." y opone excepción de falta de legitimación pasiva y desconoce los extremos invocados por el actor.-

    "ORGANIZACIÓN CENTAURO SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y VIGILANCIA PRIVADA S.A." contesta a fs. 380/397 vta.-

    También desconoce todos los extremos invocados en la demanda;; relata su versión de los hechos y, tras realizar algunas consideraciones más, pide se rechace el reclamo.-

    La sentencia de primera instancia obra a fs. 780/788. En ella, la "a-quo", luego de analizar los elementos fácticos y jurídicos de la causa, decide en sentido parcialmente favorable a las pretensiones de la parte actora.-

    Apelan: la parte actora (fs. 792/797)); la demandada "Organización Centauro..." (fs. 805/808 vta.) y "Liberty..." (fs. 790/791).-

  2. La parte actora manifiesta disconformidad con lo resuelto en la primera instancia, en tanto se descartó la existencia...

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