Vigencia de los Derechos Humanos (DDHH) en el marco de los diferentes planes de Emergencia que han aplicado los Estados con motivo del COVID-19

AutorMaria Pinho De Oliveira
CargoUniversidad Simón Bolívar, Venezuela
Páginas336-364
336 | SECCIÓN ESPECIAL
REDEA. DERECHOS EN ACCIÓN
| Año 5 . Nº 15 | Otoño 2020
Vigencia de los Derechos Humanos
en el marco de los diferentes planes de
Emergencia que han aplicado los Estados
con motivo del COVID-19
Validity of Human Rights within the framework
of the different Emergency plans that have been
applied by the States on the occasion of COVID-19
Maria Fatima Pinho de Oliveira
1
Universidad Simón Bolivar - Venezuela
Revista Derechos en Acción ISSN 2525-1678/ e-ISSN 2525-1686
Año 5/Nº 15, Otoño 2020 (21 marzo a 21 junio), 336-364
DOI: https://doi.org/10.24215/25251678e403
I. A manera de introducción
En diciembre de 2019 en Wuhan, China, se conoció la noti-
cia de un brote de enfermedad por coronavirus (COVID-19).
Para el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la
Salud (OMS), declaró que había alcanzado el nivel de pande-
mia mundial y le solicitó a los gobiernos que tomasen medidas
urgentes y contundentes para detener la propagación del virus.
Entre tanto, cabe destacar que, las normas del Derecho
Internacional de los Derechos Humanos garantiza que todas las
personas disfruten del derecho de salud y obliga a los gobier-
nos a adoptar medidas para prevenir las amenazas a la salud
1 Profesora Asociado de la Universidad Simón Bolívar, adscrita al Departamento de Cien-
cias Económicas y Administrativas en Caracas, Venezuela. Abogado de la Universidad Santa
Maria (USM, 1999). Especialista en Derecho Penal (USM, 2001) y Magíster en Derecho Penal
(USM, 2008). Doctorando en Derecho Internacional Público de la Universidad Latinoamerica-
na y del Caribe (ULAC). (ORCID 0000-0002-7539-5620).Correo electrónico: mpinho@usb.ve.
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pública y brindar atención médica a quienes la necesitan; y
bajo esta amenaza de emergencia y salud pública las restriccio-
nes a algunos derechos pueden justif‌icarse siempre y cuando
cumplan con los siguientes criterios: que tengan una base legal,
sean estrictamente necesarias según evidencias científ‌icas y
no sean arbitrarias ni discriminatorias en su aplicación, sean de
duración limitada, respeten la dignidad humana, estén sujetas a
revisión y sean proporcionales para lograr su objetivo.
Efectivamente, la pandemia del COVID-19, asciende al nivel
de una amenaza a la salud pública que, para garantizar el dere-
cho a la salud, podría justif‌icar restricciones a ciertos derechos,
como los que resultan de la imposición de la cuarentena o el
aislamien to y que limitan la libertad de tránsito o movimien to.
Así mismo, una esmerada atención a derechos humanos como
la no discriminación y principios de los derechos humanos
como la transparencia y el respeto a la dignidad humana, puede
fomentar una respuesta efectiva en medio de la agitación y los
trastornos que inevitablemente resultan en tiempos de crisis,
además de limitar los daños que provengan de la imposición
de medidas muy generales que no cumplan con los criterios
anteriores. (Human Rights Watch, 2020).
Las of‌icinas de Naciones Unidas, la Comisión Interameri-
cana de Derechos Humanos, la Organización para la Seguridad
y la Cooperación en Europa, la Organización Mundial de la
Salud, la Organización Panamericana de la Salud y Access Now,
ante la pandemia de COVID-19, recomiendan a los gobiernos,
que a través de la implementación de planes e intervenciones
fundamentadas en el respeto a los derechos humanos y las
garantías digitales, deben proteger la vida de los ciudadanos.
Estas instancias han mostrado su preocupación por el con-
trol de las libertades en los decretos de emergencia, las medidas
de censura, la penalización de las opiniones en internet y la de-
sinformación que se ha esparcido en entornos digitales y comu-
nitarios a la par del nuevo coronavirus; donde la prioridad es
la salvaguarda del derecho a la salud, el acceso al servicio de
agua, el amparo de los migrantes, el respeto a las libertades
Vigencia de los DDHH en el marco...
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Maria Fatima Pinho de Oliveira

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