Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 9 de Agosto de 2017, expediente CNT 048259/2013/CA001
Fecha de Resolución | 9 de Agosto de 2017 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VII Causa N°: 48259/2013 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 51189 CAUSA Nº 48.259/2013 - SALA VII - JUZGADO Nº 62 En la ciudad de Buenos Aires, a los 9 días del mes de agosto de 2017, para dictar sentencia en los autos: “VIEYRA, M.M. C/ LIBERTY SEGUROS ARGENTINA S.A. Y OTRO S/ DIFERENCIAS DE SALARIOS”, se procede a votar en el siguiente orden:
LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:
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En este juicio se presenta la actora e inicia demanda contra LIBERTY SEGUROS ARGENTINA S.A.; contra LIBERTY ART S.A. en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedor.-
Aduce que ingresó a trabajar por cuenta y orden de la demandada LIBERTY SEGUROS ARGENTINA S.A. el 04-08-2005 para cumplir tareas en el Departamento Comercial de la Compañía, en las condiciones y con las características que detalla.-
Señala que comenzó desempeñándose como Ejecutiva Comercial en el área de ventas, para asesorar a los productores de seguros o a los brokers, visitándolos como también a algunos clientes puntuales para asesorar sobre coberturas más específicas junto al productor.-
Relata que el cuerpo directivo, en marzo de 2007 decidió que el departamento comercial de seguros patrimoniales comenzara a vender simultáneamente seguros de Accidentes de Riesgo de Trabajo y que el área análoga, de la codemandada Liberty ART que vendía seguros de ART también abarcara seguros patrimoniales. Agrega que ello implicó una fusión “de facto” de ambos departamentos comerciales de ambas compañías comerciales.-
Afirma que a mediados de 2010 solicitó el traslado a la ciudad de Rosario (Santa Fe), habiendo llegado allí con muy buenos antecedentes –que describe- lo que no fue respetado en la nueva sede, donde se suscitaron diversos hechos degradantes que derivaron en graves consecuencias para su salud. Ello por cuanto comenzó a ser objeto de maltratos y acoso hostil a partir de iniciar tareas de investigación de irregularidades.-
Relata que en el mes de octubre de ese año comenzaron sus padecimientos físico-psíquicos como consecuencia del desorden emocional causado por la permanente persecución de que era víctima, con las consecuencias que describe, hasta que el 22-09-2011 L.S.S.A. le notifica su despido intempestivo y arbitrario y le deposita una suma, la que impugna por insuficiente.-
Fecha de firma: 09/08/2017 Alta en sistema: 11/08/2017 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA #19998261#183701220#20170811084939144 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VII Causa N°: 48259/2013 Transcribe el intercambio telegráfico posterior y viene a reclamar las diferencias salariales e indemnizatorias que estima le corresponden, así como también las multas y recargos previstos en el ordenamiento laboral.-
A fs. 33 se tiene por enderezada la demanda contra SWISS MEDICAL ART S.A.-
Las demandadas, cada una desde su óptica e interés, desconocen los extremos invocados por la actora y piden el rechazo del reclamo.-
La sentencia de primera instancia obra a fs. 255/257vta. en la que el “a-quo”, luego de analizar los elementos de juicio aportados a la causa, decide en sentido favorable a las pretensiones de la parte actora, lo que motiva el recurso de fs. 259/265 articulado por las demandadas.-
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En primer término cuestionan el fallo en tanto allí se juzgó que el vínculo estuvo registrado en forma defectuosa al no haber sido cumplido tal extremo por...
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