Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 19 de Noviembre de 2021, expediente COM 011990/2021/CA001
Fecha de Resolución | 19 de Noviembre de 2021 |
Emisor | Camara Comercial - Sala A |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial HTC
11.990 / 2021
VIENTOS DEL SUR COMUNICACIONES S.R.L. c/ AEROPUERTOS DEL
NEUQUEN S.A. s/ORDINARIO
Buenos Aires, 19 de noviembre de 2021
AUTOS Y VISTOS:
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Apeló la actora la resolución dictada con fecha 17/8/21 mediante la cual la juez de grado se declaró incompetente para entender en autos.
Los fundamentos fueron expuestos con fecha 31/8/21.
Por su parte, la Sra. Fiscal General se expidió en el dictamen que antecede en el sentido de hacer lugar al recurso.
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En autos se presentó Vientos del Sur Comunicaciones S.R.L
promoviendo demanda por resolución de contrato de explotación comercial en los términos del art. 1204 del Código Civil contra Aeropuertos del Neuquén SA,
solicitando que se condenara al demandado a pagar la suma de U$S 513.769.
Manifestó que en noviembre de 2016 las partes pactaron mediante Carta Reversal, la concesión a su parte de un espacio en el Aeropuerto de Neuquén para la explotación, comercialización, diseño, construcción y mantenimiento de los elementos publicitarios a instalarse en el Aeropuerto Internacional J.D.P. de la Ciudad de Neuquén, por el plazo de 4 años venciendo la misma el 30 de septiembre de 2020.
Según relató la actora en su escrito de inicio, durante 29 meses la actora cumplió con lo pactado con absoluta normalidad y eficacia, sin reclamos de ninguna índole por parte de ANSA. Incluso, cumplió con tareas extraordinarias, que no le fueron reconocidas en ningún momento por la demandada.
Fecha de firma: 19/11/2021
Firmado por: M.V.B., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.O.C., JUEZ DE CAMARA
Manifestó que con fecha 29 de abril de 2019, sin previo aviso, ANSA le remitió una carta documento rescindiendo el permiso aduciendo irregularidades, ello a partir de una nota emitida por el organismo regulador (ORSNA), que en virtud de un relevamiento técnico realizado objetó la situación de la publicidad obrante en el aeropuerto.
Continuó relatando la actora que pese a los reclamos que efectuó ante Aeropuertos del Neuquén S.A. no obtuvo respuesta alguna, por lo que realizó una presentación ante el ORSNA, solicitando la inmediata intervención a los efectos de resolver las controversias suscitadas. Indicó que el citado organismo fijó audiencia en fecha 24/10/2019, a la que ANSA no se habría presentado y por lo tanto se cerró por incomparecencia.
Conforme nota que acompañó con su memorial, el 15/12/2020 el ORSNA rechazó el pedido de intervención requerido por la actora, en virtud de que el objeto de la presentación efectuada comprende reclamos por cuestiones expresamente excluidas del “Procedimiento para la Sustanciación de las Controversias que se planteen ante el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS”, aprobado por Resolución ORSNA nro. 100/1, señalando que ello agotaba la vía administrativa y dejaba expedita la vía judicial correspondiente.
Ante ello, la actora promovió esta acción.
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La juez de grado, en la resolución apelada señaló que de la lectura de la cláusula Nº XXII de la Carta Reversal se apreciaba que las partes pactaron que:
Las eventuales controversias derivadas de la...
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