Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 29 de Diciembre de 2016, expediente COM 020606/2013/CA001

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala E

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 20606/2013 VICMARGEN S.R.L. c/ SEGURCOOP COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/ORDINARIO J.. 3 S.. 6 13-14-15 Buenos Aires, 29 de diciembre de 2016.

Y VISTOS:

  1. Por contestado el traslado ordenado a fs. 306.

  2. 1. Las actuaciones se encuentran en condiciones de que la Sala resuelva sobre el replanteo de la prueba contable esgrimida por la actora a fs. 304/5 punto F).

  1. El CPr. 260 inc. 2 establece que el plazo para solicitar el replanteo de prueba en Alzada es de cinco días desde que se notifica la providencia que pone los autos a los efectos del CPr. 259.

Teniendo en cuenta que la requirente quedó

notificada el día 19/8/16 a las 12:37 hs. (v. fs. 300), la presentación efectuada el día 5/9/16 a las 8:24 hs. (v.

cargo de fs. 305 vta.) resulta extemporánea, pues el plazo venció el 29/08/2016 a las 9:30 horas.

Fecha de firma: 29/12/2016 Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CÁMARA Expte. N° 20606/2013 Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA Pág. 1 Firmado(ante mi) por: F.J.T...

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