Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 26 de Octubre de 2017, expediente CCF 007619/2001/CA002

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa nº CCF 7619/2001/CA2 “Viarenghi, A.J. c/ Instituto de Servicios Sociales Bancarios -en liquidación- y otro s/ incumplimiento de prestación de obra social/ medicina prepaga”. Juzgado 6, Secretaría 12.

Buenos Aires, 26 de octubre de 2017.

AUTOS Y VISTOS: los recursos de apelación interpuestos por el Banco de la Nación Argentina en subsidio a fs. 660 -concedido a fs.

678vta.- contra la resolución de fs. 640, cuyo traslado fue contestado a fs.

675, y por la Superintendencia de Servicios de Salud a fs. 737 -concedido a fs. 738- contra la resolución de fs. 734/736vta., el que fuera fundado a fs.

741/753vta. y contestado a fs. 757/759vta.; y CONSIDERANDO:

  1. A los fines de una mejor comprensión del asunto cabe resumir los antecedentes del caso.

    El presente proceso culminó con la sentencia firme de esta Sala mediante la cual se confirmó la sentencia de primera instancia. En esta última, se había condenado al Instituto de Servicios Sociales Bancarios (ISSB) y a la Obra Social Bancaria (OSBA) al pago de una indemnización a favor del actor, de profesión cardiólogo, por los servicios médicos que éste había prestado a favor de los afiliados del ISSB entre los años 1995 y 1997 (ver fs. 475/477vta.).

    Una vez resueltas las impugnaciones, el magistrado aprobó la liquidación del crédito contra ISSB por la suma de $91.992,834 e hizo lo propio con el correspondiente a OSBA por $6.859,09 (ver fs. 486, 501/504, 516 y 518). Ante la falta de pago de la condena, se inició la ejecución de la sentencia ordenándose el embargo de las sumas mencionadas sobre las cuentas que tuvieran las demandadas en el Banco de la Nación Argentina (fs.

    526 y 528). Posteriormente, se denunció el concurso preventivo de OSBA y se emitieron las respectivas copias certificadas para verificar, en aquél proceso, el crédito a cargo de esta codemandada (fs. 542 y 547vta.).

    Fecha de firma: 26/10/2017 Alta en sistema: 01/11/2017 Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #16118566#192056489#20171027101033828 Fracasadas las intimaciones al ex – ISSB (en liquidación) para que informase el estado en que se encontraba el formulario de requerimiento de pago, y en virtud de que dicho organismo dependía de la Superintendencia de Servicios de Salud (en adelante, “la Superintendencia”), la parte actora pidió que el embargo fuese trabado contra esta entidad, lo que así se resolvió

    (ver fs. 610/610vta. y...

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