Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 12 de Octubre de 2018, expediente FPO 021000134/2011/CA003

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación .

21000134/2011/CA sadas, octubre 12 de 2018.-

Y VISTOS:

1) Que, a fs. 655/656 se aprueba planilla de liquidación practicada en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $4.335.313,16.=, al 17/11/2015; determina la suma que corresponde al saldo insoluto, que a la fecha asciende a la suma de $271.109,16.=, conforme surge de la planilla aprobada y conforme ello, regula los honorarios de los abogados intervinientes, la que fuera confirmada a fs. 659/ 659 vta. por vía de aclaratoria.

2) Que, a fs. 661/662 vta. la parte demandada, Nación Seguros de Retiro SA apela regulación de honorarios a los abogados de la parte actora y la base arancelaria aprobada, puesto que considera USO OFICIAL como ajustado a derecho que la base arancelaria que se debe tomar es la del saldo insoluto ($271.109,16.=), atento sostiene su parte depositó

en el proceso que diera origen a esta ejecución de sentencia, los honorarios correspondientes a la parte actora gananciosa regulados por sus actuaciones en los autos principales y solicita a este Tribunal que se adecuen los honorarios en proporción al saldo insoluto objeto de la ejecución que alcanza la suma de $271.109,16.=

3) Que, entonces, es que procede resolver; en primer lugar hemos de señalar que a fs. 348/350 en fecha 24/11/2011 se inicia formal ejecución de sentencia por la suma de US$283.502,94.=, monto que con intereses fuera confirmado por este tribunal a fs. 551/553 vta.; en segundo lugar, se observa también que recién en fecha 17/11/2015 Nación Seguros de Retiro S.A. deposita el monto de condena (cfr. fs.

630), en consecuencia, los agravios formulados a fs. 661/662, son inatendibles.

Fecha de firma: 12/10/2018 Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado por: DRA. V.S.Z.I., Secretaria Civil de...

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