Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 3 de Septiembre de 2019

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2019
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita510/19
Número de CUIJ21 - 512488 - 0

Reg.: A y S t 292 p 25/28.

Santa Fe, 3 de setiembre del año 2.019.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por los representantes del Ministerio Público de la Acusación contra el acuerdo 803 del 28 de noviembre de 2018 dictado por el Colegio de Jueces de Cámara Penal de Apelación de la Segunda Circunscripción Judicial en autos "VERA, S.D. - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'S.D. VERA S/ ABUSO DE ARMAS EN CONCURSO IDEAL CON EL DELITO DE PORTACIÓN ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL EN CONCURSO REAL CON EL DELITO DE HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA' - (CUIJ 21-06854193-7)" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00512488-0); y,

CONSIDERANDO:

  1. Por acuerdo 803 de fecha 28 de noviembre de 2018, los Jueces del Colegio de Cámara Penal de Apelación de la Segunda Circunscripción Judicial -por mayoría- confirmaron parcialmente la condena impuesta a S.D.V., declarándolo autor penalmente responsable de los delitos de lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego, portación ilegal de arma de fuego de uso civil y robo, todos en concurso real entre sí, manteniendo la pena en tres años y cuatro meses de prisión, accesorias legales y costas (fs. 2/13).

  2. Contra dicho decisorio, los fiscales interponen recurso de inconstitucionalidad, con base en el inciso tercero del artículo 1 de la Ley 7055, en el entendimiento que el mismo no reune las condiciones mínimas necesarias para satisfacer el derecho a la jurisdicción (fs. 15/65).

    Cimentan la alegada arbitrariedad del decisorio en dos vicios: por un lado, acusan la "no valoración de los elementos objetivos que fundaban la calificación legal de tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego" sostenida por la Fiscalía y por otro, reclaman la "ausencia de fundamentación suficiente en torno al mantenimiento de la pena frente al cambio de calificación legal practicado por la Cámara respecto del fallo de primera instancia" (f. 17).

    En relación al primero de los agravios, expresan que el voto mayoritario del Tribunal de apelaciones omitió "el examen y valoración del aspecto subjetivo de la tipicidad dolosa homicida" postulada por su parte, la que "pivotaba sobre cinco elementos o circunstancias objetivos" -actitud previa del imputado, que éste empuñó el arma con munición letal, que apuntó al abdomen, que disparó a corta distancia y su actitud posterior- que no fueron analizados en forma crítica por el Tribunal. C., en tal sentido, el voto en...

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