Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 23 de Octubre de 2020, expediente FPA 002656/2020/CA001

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 2656/2020/CA1

raná, 23 de octubre de 2020.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “VERA, MARIO CONTRA ANSES SOBRE

AMPARO LEY 16986”, expte. N° FPA 2656/2020/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Paraná; y CONSIDERANDO:

I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por la parte demandada en fecha 22/09/2020, contra la sentencia de fecha 18/09/2020, que –en lo que aquí interesa- hizo lugar a la pretensión de amparo y ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) cese en forma inmediata de realizar cualquier tipo de retención en los haberes del actor con base en el art. 83 de la ley Nº26.727, hasta tanto el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, dicte las disposiciones aclaratorias y/o complementarias que permitan la aplicación del mismo; asimismo, le requirió que informe en el término de treinta (30) días al actor el monto que corresponde descontar de su haber jubilatorio en concepto de aportes omitidos conforme los registros del Organismo y, en consonancia con ello se realice la liquidación respectiva aplicando o restituyendo –según fuere el caso- los importes retenidos hasta la fecha de la notificación de la presente;

impuso las costas a la demandada y reguló honorarios.

El recurso se concede en fecha 24/09/2020, la actora contesta agravios en fecha 24/09/2020 y quedan los autos en estado de resolver el 02/10/2020.

II-

  1. Que la accionada sostiene la improcedencia de la vía del amparo y cita jurisprudencia al respecto. Manifiesta que la cobertura previsional para los trabajadores rurales ha Fecha de firma: 23/10/2020

    Alta en sistema: 26/10/2020

    Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.G.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.B.T., SECRETARIO DE JUZGADO

    sido instrumentada a través de sucesivas circulares dictadas por ANSES que establecieron el procedimiento a seguir por parte de las áreas operativas. Asimismo, invoca los arts. 82 y 81 de la ley Nº26.727 y alega que la devolución de los cargos ordenada perjudica la debida implementación del sistema y quebranta el espíritu de la ley. Finalmente, apela la imposición de costas por apartarse de lo normado por el art.

    21 de la ley Nº24463. Hace reserva del caso federal.

  2. Que la parte actora contesta agravios, solicita se declare desierto el recurso interpuesto por no existir una crítica concreta y razonada del fallo y, en subsidio, que se confirme integralmente la sentencia apelada por los fundamentos expuestos y con costas.

    III- Que el actor promueve acción de amparo contra la Administración Nacional de la Seguridad Social a fin de que se ordene a ésta abstenerse de continuar afectando el 5% de su haber jubilatorio hasta tanto se proceda a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR