Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 13 de Febrero de 2017, expediente CNT 035996/2014/CA001

Fecha de Resolución13 de Febrero de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 91623 CAUSA NRO 35.996/2014 AUTOS:” VERA BARBE, EDGARDO RAUL C/ ART LIDERAR S.A. S/

ACCIDENTE LEY ESPECIAL”

JUZGADO NRO. 18 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de febrero de 2.017, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La D.G.M.P. de I. dijo:

  1. Contra la sentencia de fs. 123/124, se alza la parte actora a tenor del memorial de agravios obrante a fs. 126/132.

  2. Memoro que en los presentes autos el Sr. Juez A Quo decidió el rechazo de la acción deducida por la persona trabajadora contra la aseguradora de riesgos del trabajo Liderar SA. -con fundamento en las disposiciones de la Ley 24.557- y a través de la cual pretendía se le abonaran las prestaciones dinerarias que estimó le eran adeudadas, a raíz de la incapacidad que dijo padecer y que –

    sostuvo-, se originó como consecuencia del accidente in itinere que indicó haber protagonizado el día 9.12.2013. Para decidir, el anterior Magistrado valoró en primer término lo actuado en relación a la prueba pericial médica (medio idóneo a los fines de acreditar la existencia cierta de incapacidad). Toda vez que la misma, en definitiva, no se produjo por causas imputables al accionante, frente a este resultado devino el rechazo de la demanda. Las costas procesales resultaron impuestas a cargo de la parte actora.

  3. El accionante cuestiona el pronunciamiento y se queja ante las conclusiones vertidas en el fallo. Rebate las consideraciones realizadas por el anterior judicante, las cuales sirvieron para fundamentar el rechazo de su reclamo y en lo central de su recurso, insiste en la apelación que dedujo a lo resuelto a fs.

    117 en donde culminó la producción de la pericia médica. Controvierte, por los fundamentos que expone, el fallo dictado y considera que se vulneraron principios tuitivos del Derecho del Trabajo, sin que tampoco se observaran las restantes medidas probatorias que fueron ofrecidas por su parte.

  4. Examinados los términos de la queja y los fundamentos del fallo en crisis adelanto que, de compartirse la solución que propicio, la sentencia de anterior instancia -en lo principal que decide- deberá ser confirmada.

    En primer término advierto que el esfuerzo dialéctico que el quejoso despliega a lo largo de las expresiones que vuelca en los tramos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR