Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL, 18 de Febrero de 2022, expediente FGR 030510/2018/CA001
Fecha de Resolución | 18 de Febrero de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “Vera, A.D. c/ Estado Nacional (Gendarmería Nacional) s/ contencioso administrativo-varios” (FGR
30510/2018/CA1) Juzgado Federal N° 1 de Neuquén En General Roca, Río Negro, a los 18 días de febrero de dos mil veintidós se reúnen en Acuerdo los señores jueces de la Cámara Federal de Apelaciones con asiento en esta ciudad para dictar sentencia en los autos del epígrafe,
conforme con el orden de asignación previamente establecido.
El doctor M.R.L. dijo:
I.
La sentencia de fs.57 rechazó la excepción de prescripción intentada en su oportunidad por la accionada y, de seguido, admitió la demanda deducida por A.D.V. contra el Estado Nacional – Gendarmería Nacional Argentina, condenando a esta última a abonarle a aquel “en los términos del art. 22 de la ley 23.982” las sumas retroactivas por el suplemento zona austral establecido mediante la ley 19.485 (el cual, vale asentar,
en el marco del expediente FGR 15421/2017 que corre por cuerda se había dispuesto incorporar a su haber de retiro)
correspondientes a los períodos comprendidos entre octubre del año 2016 y mayo de 2018, ambos inclusive, conforme surja de la liquidación a practicarse en la etapa de ejecución de sentencia.
Así pues, dispuso que el monto se mensure sobre la totalidad del haber de pasividad del actor sin incluir en dicha base -si se estuviese abonando- el rubro zona desfavorable, sur o equivalente; ello, por cierto, a Fecha de firma: 18/02/2022
Alta en sistema: 21/02/2022
Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA —1—
Firmado por: M.F., SECRETARIO DE CAMARA
diferencia de lo ordenado en el marco del legajo referido en el párrafo que antecede, en el que se había limitado el cálculo a los rubros “Haber Mensual (Código 25), el Suplemento Años de Servicio (Código 26) y el Suplemento Tiempo Mínimo Cumplido (Código 32)”.
Además, fijó una tasa de interés equivalente a la pasiva publicada por el Banco Central de la República Argentina desde la mora y hasta que efectivamente se salde la obligación. Impuso las costas a la parte vencida y difirió la regulación de honorarios de los letrados intervinientes.
II.
Contra esa decisión a fs.58 la dependencia demandada interpuso recurso de apelación, en virtud de lo cual luego presentó el memorial de fs.70/72, pieza que no fue contestada por su contraria.
III.
El agravio de la recurrente giró en torno a su falta de legitimación pasiva; es que, según dijo, en razón del dictado del decreto 760/18 el Poder Ejecutivo transfirió la administración de los aportes,
contribuciones, liquidación y pagos de los beneficios de retiros, jubilaciones y pensiones del personal de la Gendarmería Nacional Argentina a la órbita de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina, atento lo cual “quien tiene la posibilidad real y material de poder dar...
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